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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Decisión Administrativa 1586/2018

DA-2018-1586-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2018

VISTO Expediente N° EX-2017-35738155-APN-SRHYO#SSS, la Ley Nº 27.431, los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 2710 del 28 de diciembre de 2012, 355 del 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa N° 338 del 16 de marzo de 2018, la Resolución Nº 23 de fecha 8 de febrero de 2013 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que mediante el Decreto Nº 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE SALUD y ACCIÓN SOCIAL, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera, en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que por el Decreto Nº 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18, habiendo verificado la existencia del cargo a cubrir transitoriamente.

Que por la Resolución N° 23/13 de la ex Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se homologó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, homologándose la Subgerencia de Gestión Estratégica con un Nivel de ponderación II.

Que a los fines de garantizar el normal desenvolvimiento de la Gerencia de Gestión Estratégica resulta necesario proceder a la designación del Subgerente de Gestión Estratégica.

Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente a partir del 2 de enero de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente medida, al doctor Juan Pablo DENAMIEL (D.N.I. N° 28.032.316) en el cargo de Subgerente de Gestión Estratégica de la Gerencia de Gestión Estratégica, dependiente de la Gerencia General, de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel II del citado Convenio Colectivo, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos del artículo 14 de dicho ordenamiento.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 80, MINISTERIO DE SALUD, Entidad 914 – SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Adolfo Luis Rubinstein

e. 05/09/2018 N° 65251/18 v. 05/09/2018

Fecha de publicación 05/09/2018