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7 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DIVISION SECRETARIA Nº 2.

Código Aduanero (Ley 22.415: arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se le hace saber al Sr. JAIME BROSCO JUNIOR Pasaporte República Federativa Do Brasil Nº FE561251, que en la Actuación Nº 12227-1151-2012, que tramita por ante la División Secretaría Nº 2 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, sita en la calle Azopardo Nº 350, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha dispuesto notificarle la Resolución DE PRLA Nº 0006755/19, que en su parte pertinente dice: “… Buenos Aires, 29 de Julio de 2019. … ARTICULO 1º: CONDENAR al Sr. JAIME BROSCO” (Pasaporte de la República Federativa Do Brasil N.º FE561251 al pago de una multa igual a una vez su monto mínimo, que asciende a la suma de $ 35.040 (PESOS TREINTA Y CINCO MIL CUARENTA ) por la comisión de la infracción al art. 977 del C.A., conforme lo establecido en el artículo 1112 del citado texto legal.- ARTICULO 2º: FORMULAR CARGO e INTIMAR al “Sr. JAIME BROSCO JUNIOR (Pasaporte de la República Federativa de Brasil N.º FE561251 al pago de la multa impuesta en el artículo 1° en los términos del artículo 924 del C.A. ARTICULO 3° : INTIMAR al Sr. JAIME BROSCO” (Pasaporte de la República Federativa Do Brasil N.º FE561251 a que una vez pagada la multa y dentro del plazo establecido a tal efecto , solicite destinación aduanera para la mercadería objeto del ilícito de auto, bajo apercibimiento de lo dispuesto en la Resolución Nro. 1635/93. Asimismo, para el libramiento a plaza de la mercadería deberá abonar el importe correspondiente a la obligación tributaria, cuyo monto asciende a U$S 3.235,47 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 47/100), haciendo saber que a fin de su conversión en pesos se utilizará el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones , correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 1 inciso a) 3° y 4° de la Resolución General AFIP Nro. 3271/12 y de conformidad con lo dispuesto por Disposición Nro. 15/13 (DE PRLA) la suma de $ 4.597,30 (PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 30/100) , deberá aportar el Certificado de ANMAT para los Items 1, 2 y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Res. Gral. AFIP Nro. 3105/11 atento que la mercadería se encuentra sujeta a identificación fiscal para el Item 3 o en su defecto, se deberá hacer aplicación de lo dispuesto en el art. 429 y ss. del C.A. ARTICULO 5º: REGISTRESE. NOTIFIQUESE. … Fdo.: Abog. MARIA SUSANA SALADINO. Jefe (Int.) del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros”.

Patricia Viviana Miguey, Empleada Administrativa, División Secretaría N° 2.

e. 03/09/2019 N° 65146/19 v. 03/09/2019

Fecha de publicación 03/09/2019