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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7112/2020

24/09/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: OPASI 2 – 618. Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales. Caja de ahorros en moneda extranjera. Comunicación “A” 7105. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- Sustituir el primer párrafo del punto 1. y el primer párrafo del punto 2. de la Comunicación “A” 7105, por lo siguiente:

“Establecer que, con carácter previo a la apertura de una caja de ahorros en moneda extranjera –excepto que se solicite para acreditar transferencias– las entidades financieras deberán obtener evidencia de la que surja que el cliente posee ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera, no siendo admisible que sea beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social –incluyendo los subsidios de carácter alimentario–, sin perjuicio de que podrán percibir prestaciones de la seguridad social derivadas de la relación laboral –tales como las asignaciones familiares–.”

“Disponer que, respecto de las personas titulares de cajas de ahorro en moneda extranjera abiertas al 15.9.2020, previo a la acreditación de nuevos importes –excepto que provengan de transferencias–, las entidades financieras deberán realizar la consulta en la página de Internet de la ANSES, cuyo resultado deberán considerar en los términos del punto 1. de la Comunicación “A” 7105, y observar lo previsto en el último párrafo de ese punto.”

Por otra parte, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales” en función de las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “A” 7105 y la presente comunicación.

Finalmente, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).

e. 29/09/2020 N° 42425/20 v. 29/09/2020

Fecha de publicación 29/09/2020