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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Resolución 158/2021

RESOL-2021-158-APN-SGYEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-58902656-APN-DGD#MDP del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 112 de fecha 12 de octubre de 2021 y 147 de fecha 29 de noviembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, así como su Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, establecen que el ingreso al régimen de carrera deberá llevarse a cabo mediante procesos de selección que aseguren los principios de transparencia, publicidad y mérito, con el objeto de determinar la idoneidad de los postulantes.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en su artículo 33 establece que para el ingreso a la carrera establecida en dicho convenio, para la promoción a un nivel escalafonario superior y para la titularidad del ejercicio de las funciones de jefatura, será de aplicación el régimen de Selección que el Estado empleador establezca, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título VI del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, previa consulta a las entidades sindicales signatarias.

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 112 de fecha 12 de octubre de 2021 se dio inicio al proceso para la cobertura de DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE (289) cargos vacantes de la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y se designó a los integrantes del Comité de Selección y al Coordinador Concursal, conforme con lo establecido por el artículo 14 del Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus modificatorias.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 147 de fecha 29 de noviembre de 2021 se efectuó el llamado a Concurso mediante convocatoria interna de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE (277) cargos vacantes y financiados que se integrarán dentro de la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y se aprobaron las bases respectivas, conforme con lo establecido en el artículo 28 del referido Reglamento de Selección para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.

Que conforme el artículo 2º del Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias, se estableció que los procesos de selección serán organizados, convocados y coordinados por la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por su parte la Coordinación Concursal tiene entre sus responsabilidades, la de impulsar el proceso de selección para concluirlo dentro de los plazos previstos y coordinar las acciones necesarias para la consecución de la Evaluación General y la Evaluación del Perfil Psicológico, en caso de corresponder.

Que la mencionada reglamentación establece que la inscripción se realizará exclusivamente a través del portal web que establezca la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, debiendo los aspirantes registrarse, completar los formularios que al efecto indique el sistema, y cargar la documentación respaldatoria que acredite los antecedentes personales, curriculares y laborales declarados.

Que en función de los plazos establecidos, y con el objeto de alcanzar una mayor difusión y período de preparación de los aspirantes al proceso, garantizando así los principios que rigen los mecanismos de selección —entre los que se destacan igualdad de oportunidades y de trato, y debida difusión pública de las convocatorias—, se propicia reprogramar los plazos de publicación de las bases y condiciones y perfiles correspondientes, objeto del presente proceso de selección; y consecuentemente los plazos de inscripción electrónica establecidos.

Que conforme lo estipulado en el régimen de selección y lo dispuesto por el artículo 5° de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 147/21, se estableció el cronograma tentativo para el desarrollo del proceso de selección el detallado en las bases del concurso, el que podrá ser modificado por la Coordinación Concursal, con excepción de las fechas que establezcan el período de inscripción conforme las atribuciones conferidas por el artículo 22 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.

Que el Comité de Selección, ha incorporado el Acta N° 2 de reprogramación del cronograma, debiendo actualizarse las fechas respectivas del proceso de selección.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que mediante IF-2021-119716428-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y por el artículo 28 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Reprográmense los plazos establecidos por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 147 de fecha 29 de noviembre de 2021, conforme el nuevo cronograma tentativo establecido en el Anexo IF-2021-119008440-APN-DPSP#JGM.

ARTÍCULO 2°.- Fíjase como nuevo período de inscripción electrónica de los respectivos procesos de selección, el comprendido a partir del día 3 de enero de 2022, a partir de las 10:00 horas, y hasta el 12 de enero de 2022, hasta las 16:00 horas del último día citado. La inscripción electrónica se efectuará a través del portal web en la dirección http://www.argentina.gob.ar/concursar.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ana Gabriela Castellani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/12/2021 N° 97441/21 v. 16/12/2021

Fecha de publicación 16/12/2021