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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

Resolución 1094/2023

RESOL-2023-1094-INSSJP-DE#INSSJP

Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2021-03320992- -INSSJP-GAD#INSSJP, la Ley Nº 19.032 y su modificatoria, las Resoluciones de este Instituto Nº 135/I/03 y sus modificatorias, Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, Nº RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP, Nº RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, Nº RESOL-2019-610-INSSJP-DE#INSSJP y Nº RESOL-2022-1127-INSSJP-DE#INSSJP, sus modificatorias y complementarias, las Disposiciones Nº DI-2021-72-INSSJP-GAD#INSSJP, Nº DI-2022-115-INSSJP-GAD#INSSJP, Nº DI-2022-373-INSSJP-GAD#INSSJP y Nº DI-2022-604-INSSJP-GAD#INSSJP, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Ley Nº 19.032, de conformidad con las modificaciones introducidas por su similar Nº 25.615, asignó al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS el carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, con individualidad financiera y administrativa con el objeto principal de brindar la prestación, por si o por intermedio de terceros, a las personas jubiladas y pensionadas del régimen nacional de previsión y a su grupo familiar primario, de servicios médico asistenciales destinados al fomento, protección y recuperación de la salud.

Que en virtud de las competencias atribuidas al Directorio Ejecutivo Nacional del INSSJP, en especial por el artículo 6º de la Ley Nº 19.032 y modificaciones introducidas por su similar Nº 25.615, y el artículo 3º del Decreto Nº 02/04-PEN, el Órgano Ejecutivo posee plenas facultades para dictar las normas necesarias para la adecuada administración y funcionamiento del organismo.

Que por el Expediente Nº 0200-2017-0012837-7 tramitó la contratación de sistemas de alarma contra intrusión y circuitos cerrados de televisión (C.C.T.V), en calidad de comodato y su monitoreo, en distintas versiones según cada caso, en 167 locaciones del Instituto, por el término de treinta y seis meses (36) con opción a renovación por hasta doce (12) meses más, con posibilidad de extender la cobertura a otras locaciones por el término de hasta doce (12) meses.

Que, a tal efecto, por Resolución Nº RESOL-2019-610-INSSJP-DE#INSSJP se adjudicó parcialmente la Licitación Pública Nº 45/18 a la firma CI 5 S.A. (C.U.I.T. 30-67948859-3).

Que mediante Disposición Nº DI-2021-72-INSSJP-GAD#INSSJP se aprobó la ampliación en un DIECISÉIS CON NOVENTA Y SIETE POR CIENTO (16,97%) del contrato con la firma adjudicataria, para la instalación de soluciones no previstas inicialmente.

Que, asimismo, ante la existencia de una cantidad remanente de soluciones que no habían sido consumidas, por Disposición Nº DI-2022-115-INSSJP-GAD#INSSJP se prorrogó la vigencia de la Orden de Compra Nº 4500346956 a los fines de cumplimentar cabalmente con el objeto base de la contratación.

Que por Disposición Nº DI-2022-373-INSSJP-GAD#INSSJP se aprobó la renovación en forma ordinaria, contemplando la ampliación oportunamente efectuada, del contrato celebrado con la firma adjudicataria.

Que, atento a la proximidad del vencimiento, y considerando la naturaleza de los servicios contratados, y la implicancia de su continuidad prestacional para una correcta atención de las personas afiliadas, la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS solicitó arbitrar los medios necesarios a efectos de gestionar una renovación en forma extraordinaria del contrato con la firma CI 5 S.A., a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses, o hasta tanto se adjudique el nuevo procedimiento de selección, que tramita bajo expediente Nº EX-2022-128040998- - INSSJP-GRRHH#INSSJP, lo que ocurra primero.

Que, en consecuencia, la SUBGERENCIA DE CONTINUIDAD DE SERVICIOS ESENCIALES dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, procedió a notificar a la mencionada firma la voluntad del Instituto, y solicitó su consentimiento conforme lo expuesto en el considerando anterior, habiendo la misma manifestado su voluntad de continuar con la prestación del servicio, toda vez que se considere una actualización en los valores vigentes y se reduzcan las cantidades de sistemas, manteniéndose únicamente aquellos que se encuentran actualmente instalados, y no se requerían nuevas instalaciones durante el nuevo período de vigencia.

Que, atento a ello, la mencionada SUBGERENCIA DE CONTINUIDAD DE SERVICIOS ESENCIALES notificó a la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS las modificaciones en las condiciones y cantidades a renovar respecto a lo solicitado, habiendo la misma prestado conformidad a lo expuesto por la firma.

Que se dio intervención al DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS ECONÓMICOS, dependiente de la GERENCIA ECONÓMICO FINANCIERA, quien emitió un informe de estimación de costos para el período bajo análisis, manifestando que lo acordado con la firma se encontraría dentro de los parámetros de razonabilidad económica.

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar la renovación en forma extraordinaria del contrato celebrado con la firma CI 5 S.A. (C.U.I.T. 30-67948859-3), en los términos del artículo 3º de la Resolución Nº RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y del Anexo I punto 4) de la Resolución Nº RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, a partir del 1º de junio de 2023 y por el término de doce (12) meses, o hasta tanto se adjudique el nuevo procedimiento de selección, lo que ocurra primero, por la suma total de HASTA PESOS TREINTA MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 36/100 ($30.171.330,36), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y forma parte integrante de la presente, y en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas en el marco de la Licitación Pública Nº 45/18.

Que por Resolución Nº RESOL-2022-1127-INSSJP-DE#INSSJP se aprobó el nuevo Reglamento de Compras y Contrataciones del Instituto, con vigencia a partir del 17 de octubre de 2022, conforme lo dispuesto por el artículo 4º de la Disposición Nº DI-2022-604-INSSJP-GAD#INSSJP que aprobó el “Manual de Procedimiento de Compras y Contrataciones” de dicho Reglamento.

Que el Artículo 10.- Norma Transitoria del referido Reglamento de Compras y Contrataciones establece que todas aquellas contrataciones que se encuentren vigentes con anterioridad a la reglamentación del mismo, serán regidas por el compendio normativo enumerado en el Artículo 6°.

Que en el compendio normativo enumerado en el referido Artículo 6° se consignan - entre otras - la Resoluciones Nº 124/DE/18, N° RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y N° RESOL-2019-179- INSSJP-DE#INSSJP

Que, asimismo, por el Artículo 5º de la precitada Disposición N° DI-2022-604-INSSJP-GAD#INSSJP, se establece que los procedimientos de licitaciones o concursos públicos o privados, cuyo llamado haya sido autorizado mediante el Acto correspondiente en fecha previa al 17 de octubre de 2022 -tal como resulta ser el caso de la presente Licitación Pública- continuarán tramitándose por la Resolución Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias.

Que la SUBGERENCIA DE CONTROL PRESUPUESTARIO Y CONTROL DE GESTIÓN de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva presupuestaria Nº 120000240 de conformidad con la normativa vigente en la materia.

Que, por otra parte, conforme lo dispuesto en el Anexo I punto 4.1) de la Resolución Nº RESOL-2019-179-INSSJPDE#INSSJP corresponde instruir Sumario Administrativo, a través del Departamento Sumarios, a fin de investigar y deslindar responsabilidades por supuestas irregularidades administrativas, conforme surja de las actuaciones.

Que la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, la GERENCIA ECONÓMICA FINANCIERA, la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA y la SINDICATURA GENERAL DEL INSTITUTO han tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º de la Ley Nº 19.032 y sus modificatorias, por los artículos 2º y 3º del Decreto PEN Nº 02/04, y el artículo 1º del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Renovar en forma extraordinaria el contrato celebrado con la firma CI 5 S.A. (C.U.I.T. 30-67948859-3), en los términos del artículo 3º de la Resolución Nº RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y del Anexo I punto 4) de la Resolución Nº RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, para la contratación de sistemas de alarma contra intrusión y circuitos cerrados de televisión (C.C.T.V), en calidad de comodato y su monitoreo, en distintas versiones según cada caso, a partir del 1º de junio de 2023 y por el término de doce (12) meses, o hasta tanto se adjudique el nuevo procedimiento de selección, lo que ocurra primero, por la suma total de HASTA PESOS TREINTA MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 36/100 ($30.171.330,36), conforme a lo detallado en el Anexo que como IF-2023- 92022385-INSSJP-DE#INSSJP se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente, y en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas en el marco de la Licitación Pública Nº 45/18.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN a emitir la correspondiente Orden de Compra, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de gestión Económico Financiero, conforme lo dispuesto en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3º.- Instruir Sumario Administrativo, a través del Departamento Sumarios, a fin de investigar y deslindar responsabilidades por supuestas irregularidades administrativas, conforme surja de las actuaciones.

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar, notificar y publicar en forma excepcional en el Boletín Oficial de la República Argentina y, oportunamente, en el Boletín del Instituto. Cumplido, proceder a su archivo.

Luana Volnovich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/08/2023 N° 62648/23 v. 11/08/2023

Fecha de publicación 11/08/2023