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17 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 305/2024

RESOL-2024-305-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-40219873- -APN-SAF#MSG, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley Nº 27.287, los Decretos Nros. 383 del 30 de mayo de 2017 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 335 del 6 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520 establece como competencias del MINISTERIO DE SEGURIDAD entender en la coordinación del Sistema Nacional de Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil creado por la Ley Nº 27.287; y en las acciones tendientes a solucionar situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el territorio de la Nación; así como ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.

Que el Decreto Nº 50/2019 estipula como objetivos de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL asistir al Ministro en la dirección del esfuerzo nacional de policía, en lo referente a la participación de las Fuerzas Policiales provinciales y en la coordinación del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y Protección Civil, creado por la Ley N° 27.287; y en la implementación de las acciones tendientes a preservar la vida, los bienes y el hábitat de la población ante desastres socio-naturales, coordinando el empleo de los recursos humanos y materiales en las etapas de mitigación, respuesta y reconstrucción.

Que la Decisión Administrativa Nº 335/2020 establece como responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL, o el área que en el futuro la reemplace, asistir en materia del desarrollo de las acciones de preparación y de respuesta inmediata ante situaciones de emergencia y/o desastres socio-naturales, atendiendo a la coordinación del despliegue de las Fuerzas Policiales y de Seguridad.

Que, asimismo, dicha norma establece como acciones de la DIRECCIÓN DE RESPUESTA, asesorar y asistir en la coordinación de acciones para la ayuda federal en casos de desastre y emergencias de origen socio-natural; asistir en la coordinación con otros organismos de la Administración Pública Nacional, provincial y municipal y con organizaciones civiles, para la respuesta durante situaciones de emergencia y/o desastres; y asistir en materia de la colaboración con la organización y conducción de equipos de respuesta inmediata propios del Ministerio; entre otras.

Que para el cumplimento eficaz de las responsabilidades precitadas resulta necesario poder organizar y planificar con antelación las acciones a desarrollarse a nivel Nacional ante la ocurrencia de situaciones de desastre y/o emergencia en las diferentes provincias y/o regiones.

Que, a tales fines, la DIRECCIÓN DE RESPUESTA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL es la encargada de elaborar planes y protocolos de actuación orientados a coordinar el despliegue territorial y las tareas a realizarse ante las diversas contingencias que pudieran suceder.

Que para el próximo período invernal la mencionada Dirección elaboró, en coordinación con los organismos con competencia en la materia, el “Plan Invierno 2024” en el cual se establecen los lineamientos generales del apoyo federal para el mencionado período estacional.

Que dicho Plan tiene por objetivo contribuir con el mejoramiento de los sistemas de alerta temprana, así como establecer la coordinación técnica/operativa entre los diferentes componentes de la respuesta.

Que entre las actividades previstas en dicho documento se encuentran: coordinar con el Servicio Meteorológico Nacional los productos de información específicos de la temática invernal, implementar diferentes canales de información con otros organismos con competencia, elaborar y distribuir informes operativos y de situación, elaborar protocolos que faciliten la gestión ante un pedido de la jurisdicción provincial, brindar apoyo a los COE y Sistema de Comando de Incidente con logística propia, entre otras.

Que en virtud de lo manifestado, resulta pertinente aprobar el mencionado Plan y facultar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL a efectuar las actualizaciones y/o modificaciones periódicas que resulten necesarias tendientes a ajustar el mismo conforme la evolución del referido período estacional así lo requiera.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4°, inciso b), apartado 9° y 22° bis de la Ley Nº 22.520 de Ministerios (t.o 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el PLAN INVIERNO 2024, que como Anexo I (IF-2024-40281460-APN-DR#MSG) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL de este Ministerio, o el área que en el futuro la reemplace, el seguimiento e implementación del mencionado Plan, así como la articulación con los organismos involucrados en su ejecución.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL de este Ministerio, o el área que en el futuro la reemplace, a realizar las actualizaciones o modificaciones periódicas que resulten necesarias tendientes a adecuar el mencionado Plan a la evolución del referido período estacional.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/05/2024 N° 25953/24 v. 03/05/2024

Fecha de publicación 03/05/2024