ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
EDICTO
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Artículo 1º: Archivar la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los items del del Acta Lote “.... “en los términos de la citada Instrucción General Nº 02/2023 a la acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo deberá exigirse previo a la entrega , en caso de corresponder, la presentación de los Certificados o intervenciones de organismos competentes, conforme lo indicado por el verificador interviniente en el Acta de Verificación y Aforo, procediéndose en caso contrario conforme la normativa establecida por la Sección V Título II de la Ley Nº 22415. o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art.4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos.. Asimismo, en caso de corresponder deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota externa Nº57/07.- Fdo.: Abog. Marcos Marcelo Mazza- Jefe de División-División Secretaría N.º 2.
1-
EXPEDIENTE: 18032- 68 -201 9
IMPUTADO: JUAN CARLOS SOLANO QUISPE CI PERUANA: 50034971
ACTA LOTE Nº: 18622ALOT000 1675C
RESOLUCION DE PRLA Nº 1237/2023
2-
EXPEDIENTE: 18032- 501 -2018
IMPUTADO: AL CARRAZ GONZALEZ ELIZABETH MILAGROS DNI: 95 229189
ACTA LOTE Nº: 18622ALOT00 1284W
RESOLUCION DE PRLA Nº 1239/2023
3-
EXPEDIENTE: 18032- 103 -201 9
IMPUTADO: SERRUDO SAIGUA SEGUNDINO DNI: 94 929129
ACTA LOTE Nº: 1 9 622ALOT00 0008B
RESOLUCION DE PRLA Nº 1243/2023
Silvina Isabel de Bisogno, Instructor, División Secretaría N° 2.
e. 03/05/2024 N° 25958/24 v. 03/05/2024
Fecha de publicación 03/05/2024