Edición del
20 de Mayo de 1975

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2 Ref. Nota N° 124/2013 (DV SAC) Código Aduanero (Ley 22.415: arts. 1013 inc. h) y 1101).

Por ignorarse domicilio, se cita a la persona que más abajo se menciona, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se le hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Arts. 930/932 del C.A.).- Abog. María Fernanda Vaz de Brito. Jefe Div. Secretaría de Actuación N° 2.


EXPEDIENTE
IMPUTADOINFRACCIONMULTA
10054-3-2012PATRICIA MOZOTA (C.U.I.T. N° 27-17200169-1)986/987$ 8.680.-


Abog. JUAN M. OKECKI, Jefe (Int.) División Secretaría de Actuación Nº 2, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 08/01/2014 N° 816/14 v. 08/01/2014

Fecha de publicación 08/01/2014