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6 de Diciembre de 2024

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Preguntas Frecuentes


¿Qué es el Boletín Oficial de la República Argentina?

El Boletín Oficial de la República Argentina es el órgano de difusión a través del cual se publican las leyes sancionadas por el Congreso de la Nación y los actos emanados del Poder Ejecutivo. Asimismo, es el medio por el cual ciudadanos y organismos cumplen con las responsabilidades jurídicas, que hacen a la transparencia de su accionar como tales.

Temas generales

El horario de atención telefónica es de lunes a viernes 9:00 a 16:30 hs.
Se puede acceder con: Google Chrome; Microsoft Edge; Internet Explorer (versión 9 y posteriores) y Mozilla Firefox.
Al mail de atención al cliente atencionalcliente@boletinoficial.gob.ar.
Si desea escribirnos un mensaje puede hacerlo desde aquí.
La sede del Boletín Oficial se encuentra en Suipacha 767, C.A.B.A. (C1008AAO).
No se toman avisos para publicar en la sede del Boletín Oficial. Sólo se pueden gestionar avisos a través de los sitios habilitados, tal como se explica a continuación.
De acuerdo al usuario / tipo de aviso las formas de ingreso son las siguientes:
  • Organismos de la Administración Pública Nacional: a través de la plataforma GDE (Gestión Documental Electrónica).
  • Otros Organismos y Entidades: a través del servicio específico de Trámites a Distancia (TAD).
  • Poder Judicial: a través del servicio Extranet.
  • Particulares interesados en abonar y publicar avisos sucesorios: según el procedimiento de Gestión de Avisos Sucesorios.
  • Sociedades comerciales: a través del servicio Delegación Virtual.
Desde el sitio www.boletinoficial.gob.ar seleccione la Sección correspondiente y complete en “Búsqueda Avanzada” los datos requeridos antes de indicar “Buscar”. El sistema le traerá las publicaciones que haya detectado que cumplan con los parámetros indicados.
La biblioteca de normativas permite acceder a la legislación publicada en el Boletín Oficial, actualizada conforme sus modificaciones por la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica – SAIJ - dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Desde el sitio www.boletinoficial.gob.ar se direcciona a www.infoleg.gob.ar sitio que cuenta con la referida información.
Los medios para verificar la autenticidad de las publicaciones del Boletín Oficial de la República Argentina son Firma Digital, Blockchain y Código QR.
Cuando se descarga y abre la edición del día del Boletín Oficial se puede ver que dicho documento está firmado digitalmente por la indicación de Panel de Firma en el margen superior derecho. Al pulsar en el ícono del Panel de Firmas veremos la información acerca de la integridad y veracidad del documento firmado, así como información acerca del firmante, razón, fecha y hora de la firma. El procedimiento para validar la firma se describe aquí.
Para validar la firma es necesario que el Certificado (y su cadena de certificados raíz) sea declarado como "de confianza". Para instalar el Certificado Raíz siga los pasos indicados en el tutorial asociado.
Para validar la firma es necesario que el Certificado (y su cadena de certificados raíz) sea declarado como "de confianza". Para instalar el Certificado de la Autoridad Certificante siga los pasos indicados en el tutorial asociado.
Blockchain (o cadena de bloques) es una base de datos compartida que funciona como un libro para el registro de operaciones mediante códigos. Blockchain utiliza claves criptográficas y además está compartida, lo que evita el fraude y la manipulación ya que cualquier modificación debería ser realizada en todas las copias existentes. A su vez cualquier usuario puede constituir un nodo de la red Blockchain y todas las operaciones se resguardan entre todos los usuarios eliminando el riesgo de que la información sea manipulada por un organismo centralizador.
Diariamente, una vez generada la edición electrónica del Boletín, se genera un hash mediante un algoritmo que resume el contenido de la edición en un solo bloque alfanumérico. Este hash es utilizado para generar una transacción en el Blockchain Federal Argentina mediante la operación de "stamp". El resultado de esta operación es un Recibo Digital (archivo con extensión RD) que contiene la información que se requiere para verificar la existencia del archivo en la Blockchain.
El RD es una "prueba de existencia", nos permite afirmar la existencia de una edición específica del Boletín, inalterable respecto de la edición original.
Para verificar una edición del Boletín es necesario contar con el PDF de la edición que se desee verificar y el Recibo Digital generado durante el proceso de certificación (archivo rdd). Dichos archivos se encuentran disponibles diariamente aquí. Con ambos archivos, se puede verificar la edición a través de cualquier explorador de bloque de Blockchain o en la web de “Blockchain Federal Argentina”.
Los códigos QR (en inglés “Quick Response”, “respuesta rápida”) son códigos de barras bidimensionales, que permiten acceder en forma sencilla y segura a la información y/o dirección web asociada.
Al escanear el código QR de una publicación del Boletín Oficial, el lector accede en forma directa a la versión original de esa publicación en el sitio web del Boletín Oficial de la República Argentina, pudiendo asimismo descargarla. De esta manera, asegura su autenticidad sin requerirse otras certificaciones relacionadas con dichas publicaciones. La aplicación del Código QR está prevista en la Disposición DNRO 1/2019
Para poder escanear (leer) códigos QR desde un dispositivo móvil, ya sea celular o tablet, es necesario contar con alguna aplicación lectora de códigos QR. Estas aplicaciones (app) están disponibles en las tiendas de aplicaciones App Store y Google Play.

Gestión de Avisos Legislativos

De acuerdo con la reglamentación vigente, el organismo competente envía la norma solicitando su publicación:
  • Organismos de la Administración Pública Nacional: a través de la plataforma GDE (Gestión Documental Electrónica).
  • Otros organismos: a través del servicio específico de Trámites a Distancia (TAD).
  • Organismos con acceso a extranet: https://en.boletinoficial.gob.ar
La publicación se concreta en la página web del Boletín Oficial de la República Argentina (www.boletinoficial.gob.ar).

Gestión de Edictos Judiciales

Los edictos judiciales se refieren a Citaciones, Concursos, Quiebras, Remates Judiciales y Sucesiones. En particular, la publicación de los edictos sucesorios es de previo pago.
  • Las instrucciones pueden visualizarse aquí.
  • En Gestión de Avisos Sucesorios seleccione “Sucesiones” en la línea superior. En la página que se abre puede buscar el aviso específico ingresando los datos requeridos, seleccionándolo de la lista de trámites pendientes de pago para ese juzgado.
  • Al seleccionar el aviso se abre una nueva página para completar datos de facturación y modalidad de pago.
  • Luego de abonar recibirá la factura en el correo electrónico registrado.
Los integrantes del Poder Judicial de la Nación publican avisos a través de https://en.boletinoficial.gob.ar
Para publicar un edicto de esa naturaleza debe, en primera instancia, consultar si el edicto ha sido enviado por el juzgado y si se encuentra disponible para ser abonado. Para ello, deberá enviar un mail a la casilla judicialespp@boletinoficial.gob.ar informando: juzgado interviniente, carátula del expediente y cualquier otra información que considere pertinente para individualizarlo.

Si el aviso está en condiciones de publicarse, recibirá en su mail el texto a publicar para su control, junto con el monto exacto a pagar, las formas de pago disponibles y se le requerirán los datos para la facturación
Para avisar que ya se efectuó el pago deberá responder el mail del cual se le envió el presupuesto, adjuntando el comprobante de pago y los datos de facturación solicitados.

Una vez finalizado el proceso del trámite, recibirá la factura por mail.
En el detalle de la factura enviada podrá visualizar la fecha de publicación.
En esos casos, deberá solicitar al juzgado interviniente el envío de un nuevo edicto, teniendo en cuenta las observaciones asentadas en la anulación o las modificaciones que se consideren necesarias para su correcta publicación.
Para publicar un edicto judicial de estas características deberá ingresar al siguiente link en la Plataforma TAD y vincular el documento respaldatorio del edicto que desea publicar junto a la información solicitada. Previo a enviar el mismo deberá verificar que el edicto contenga el juzgado/entidad interviniente, jurisdicción de competencia, autos y/o nro. de expte, expresa orden de publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y firma y cargo de la autoridad competente. Luego, dependiendo del tipo de soporte de la documentación respaldatoria enviada, sea soporte físico o digital, se verificarán los datos según el caso y se informará el procedimiento a seguir.

Gestión de Avisos Comerciales

De acuerdo al tipo de aviso se ingresan mediante las siguientes modalidades:
Delegación Virtual y Trámites a Distancia (TAD).
La mayor parte de los avisos comerciales se ingresan por Delegación Virtual.
Delegación Virtual
La Disposición DNRO 1/2023 y sus modificatorias establece las características del Servicio de Delegación Virtual.
Debe registrarse a través del servicio TAD. Así obtendrá los datos de identificación: usuario, contraseña y la tarjeta de coordenadas virtual, que le permiten ingresar a Delegación Virtual para publicar avisos comerciales en el Boletín Oficial. Para más información comuníquese al Centro de Atención Telefónica al Cliente
La Disposición DNRO 1/2023 y sus modificatorias establece la documentación necesaria para el trámite de Registro de Firmantes.
En https://dv.boletinoficial.gob.ar, ingrese con Usuario, Contraseña y Coordenadas y el sistema lo guiará a través de los siguientes pasos:
  • Seleccione el Perfil, Título, Rubro y Tipo de aviso, correspondiente al edicto a publicar e ingrese el Nombre y tipo societario. Continúe con “Siguiente Paso”.
  • Ingrese el texto del aviso y obtenga la cotización. Continúe con “Siguiente Paso”.
  • En forma optativa y a modo de ayuda, podrá enviar el aviso a Verificación antes de abonarlo. Para ver el resultado de la verificación, debe ir a inicio y marcar el botón “Refrescar”. En “Continuar y Publicar” ir a “acciones disponibles”. Continúe con “Siguiente Paso”.
  • Seleccione el medio de pago y revise los datos con que se emitirá la factura. En este punto se pueden modificar los datos según su necesidad. Continúe con “Siguiente Paso”.
  • Si se eligió como medio de pago una tarjeta, quedará conectado con el portal de pagos. Si optó por Rapipago o Transferencia visualizará el cupón de pago que deberá imprimir o guardar. Una vez completado y confirmado el pago el proceso de publicación sigue su trámite.
Los avisos pueden ser abonados con:
  • Tarjetas de Crédito: Visa, MasterCard y American Express.
  • Rapipago.
  • Transferencia Bancaria (para montos superiores a $1000).
El medio de pago dependerá de la vía de ingreso y del usuario que publica. Para el caso de Transferencia Bancaria la misma debe ser inmediata, generada 24 hs. antes de su presentación y acreditada antes de la publicación.
La factura se envía por correo electrónico al mail informado en el Registro de Firmantes. Además, se puede consultar (a partir de las 48 hs. de publicado el aviso) en la opción “Comprobantes” dentro de Delegación Virtual.
La publicación se realizará dentro de las 24 hs. hábiles posteriores a la fecha en que se hubiera registrado el pago, siempre que este ingreso sea anterior a las 14 hs. Los avisos cuyo pago se perfeccione luego de las 14 hs. se considerarán como ingresados el siguiente día hábil.
Para todos los trámites en los que se seleccione medio de pago Rapipago el cupón tiene validez hasta las 22 hs. del día en que ingresó el aviso.
Trámites a Distancia
Para publicar avisos comerciales que requieren firma conjunta o que no son de composición corrida, así como Avisos de Transferencias de Fondos de Comercio con firmas conjuntas o presentadas por personas físicas que no sean los profesionales habilitados al efecto deberá ingresar a TAD. Este tipo de avisos se publica en Segunda Sección.
Para publicar los balances correspondientes a Entidades Financieras y compañías de Seguro, deberá ingresar a TAD. Este tipo de avisos se publica en Segunda Sección.
En esta categoría se publican llamados a licitaciones, contrataciones, adjudicaciones, entre otros, de Organismos Públicos y Privados. Para su tramitación deberá ingresar a TAD y al seleccionar “Sección” elegir Tercera.
Los avisos oficiales emitidos por Organismos Públicos y Privados que requieran previo pago a su publicación deberán tramitarse ingresando a TAD. Este tipo de avisos se publica en Primera sección.
Para poder utilizar el servicio de Trámites a Distancia debe realizar el trámite de apoderamiento previsto en el instructivo Apoderamiento de Persona.