ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº 437/2013
Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle de cabotaje (Unidad III). Puerto Villa Constitución. Aduana de Villa Constitución.
Bs. As., 27/12/2013
VISTO la Actuación SIGEA N° 12531-232-2009/94 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación, la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L. (CUIT N° 30-70854089-3), en su calidad de permisionaria de la Unidad III (muelle de cabotaje) del Puerto de Villa Constitución, ubicado a la altura del Km. TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N° 384/2013 (SDG OAI).
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12531-232-2009 que la habilitación definitiva del Puerto de Villa Constitución en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0010927/2004.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio por el término de SESENTA (60) días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución N° 384/2013 (SDG OAI).
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de cabotaje (Unidad III) del Puerto de Villa Constitución, concesionado a la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L. (CUIT N° 30-70854089-3), ubicado a la altura del Km. TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, por el término de SESENTA (60) días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución N° 384/2013 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de Villa Constitución para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 09/01/2014 N° 1151/14 v. 09/01/2014
Fecha de publicación 09/01/2014