ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE RIO GALLEGOS
(Art. 1101 y 1013 inc. “h” C.A.)
Se notifica a los interesados que abajo se detallan, de las resoluciones de condena dictadas por esta Administración, detallándose los importes en concepto de multa y tributos que deben abonar dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación. Vencido el mismo, los importes indicados serán exigidos con más los accesorios que prevén los Art. 947, 970, 977, 978, 986 y 1112 inc. a) del Código Aduanero. Que conforme lo instruido mediante la I.G. 05/2010 (AFIP) los interesados deberán tener presente lo establecido en el artículo 1025 del Código Aduanero.
SUMARIO | RESOL | CAUSANTE | DNI/CUI/RUT/RUN/PAS | MULTA | TRIBUTO | PENA ACCESORIA |
12779-137-2009 | 763-13 | ABDALA WADE | PAS 10221942 | $ 10.770,00 | COMISO |
MARCELO MANZOTTI, Administrador (Int.), Div. Aduana de Río Gallegos.
e. 14/01/2014 N° 1454/14 v. 14/01/2014
Fecha de publicación 14/01/2014