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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución N° 4036/2011

7/12/2011

Registrar la transformación societaria de la empresa SERVICIOS PRIVADOS POSTALES S.R.L. a SERVICIOS PRIVADOS POSTALES S.A. Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por la firma SERVICIOS PRIVADOS POSTALES S.A. contra la Resolución CNC N° 5850 de fecha 10/12/09 mediante la cual se dispuso la baja de dicha prestadora, disponiéndose el mantenimiento de inscripición de la misma en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE (687) en las condiciones establecidas en el presente y sin perjuicio de las ulteriores acciones de verificación que se dispongan en mérito a la información proporcionada en orden a lo dispuesto por el Decreto N° 1187/93 y el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/05. Disponer que el mantenimiento acordado en el artículo precedente sólo habilita la oferta y prestación de servicios subsumibles en las categorías de CARTA SIMPLE, CARTA CERTIFICADA, SERVICIO PUERTA A PUERTA, ENCOMIENDA y CARTA EXPRESO, limitados al ámbito territorial de la Provincia de Tucumán y para las ciudades de Salta, San Salvador de Jujuy y Santiago del Estero y sus aledaños, en la modalidad de distribución domiciliaria y con la característica de ser una modalidad pactada. Dejar sin efecto la Resolución CNC N° 6165 de fecha 22/12/09 por la cual se dispuso suspender los efectos de la baja hasta la Resolución del recurso de reconsideración. Establecer que, sin perjuicio del mantenimiento de la inscripción otorgado en el artículo 1°, cualquier modificación sustancial de la información declarada bajo Formularios RNPSP 006, 007 y 008 exigirá la reformulación de la presentación exigida por el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/05 y el previo pronunciamiento de esta instancia en los términos del artículo 17 in fine del Decreto N° 1187/93, a los efectos de modificar lo resuelto en el artículo 2° de la presente. Establecer, que el vencimiento del plazo previsto por el artículo 2° de la Resolución CNCT N° 7/96 para que la empresa SERVICIOS PRIVADOS POSTALES S.A. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el 28 de septiembre de 2012. Establecer que según lo dispuesto por las Resoluciones CNC Nros. 1409/02 y 3252/04, el presente acto no habilita la oferta y prestación de los servicios internacionales y de carta documento, respectivamente, debiéndose, en consecuencia, proceder conforme lo establecido en las mencionadas resoluciones. — Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 11/01/2012 Nº 2324/12 v. 11/01/2012

Fecha de publicación 11/01/2012