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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 123/2013

Apruébanse contratos.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº 25.600/2013 del registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 22 de noviembre de 2012 se suscribió el Memorándum de Entendimiento de Cooperación en Logística de la Defensa entre la ADMINISTRACION ESTATAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INDUSTRIA PARA LA DEFENSA NACIONAL de la REPUBLICA POPULAR CHINA y EL MINISTERIO DE DEFENSA de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que el mismo determinó que la entonces SECRETARIA DE PLANEAMIENTO sería la Institución de Ejecución del Convenio por parte del MINISTERIO DE DEFENSA —competencias que fueran asumidas por la actual SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA, conforme el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sustituido por el Decreto Nº 636 del 31 de mayo de 2013—.

Que con fecha 4 de diciembre de 2013 se celebró el Acuerdo Complementario Específico al Memorándum antes referido entre la ADMINISTRACION ESTATAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INDUSTRIA PARA LA DEFENSA NACIONAL de la REPUBLICA POPULAR CHINA y la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que en el ámbito de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA, del MINISTERIO DE DEFENSA se ha instado la suscripción de contratos con las empresas CHINA NORTH INDUSTRIES CORP (NORINCO) y CHINA XINXING IMPORT AND EXPORT CORPORATION, los cuales resultan necesarios para dotar de los recursos logísticos de vestuario y equipos de combate individual para las FUERZAS ARMADAS de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que el DIRECTOR GENERAL DE MATERIAL del EJERCITO ARGENTINO mediante nota de fecha 21 de agosto de 2013 remitió la totalidad de la documentación disponible respecto de los efectos a adquirir a través de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA, dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA, del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que, consecuentemente, el 12 de diciembre de 2013 la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, suscribió DOS (2) Contratos para el “Suministro de Vestuario y Equipos de Combate Individual”.

Que el primero de ellos, fue con la empresa CHINA NORTH INDUSTRIES CORP (NORINCO) y el segundo con la empresa CHINA XINXING IMPORT AND EXPORT CORPORATION, ambas de carácter estatal de la REPUBLICA POPULAR CHINA.

Que la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA informó que existen los créditos necesarios para atender el gasto que demande la ejecución de los contratos mencionados en el presente Ejercicio Financiero; y que existe la previsión presupuestaria suficiente para el Ejercicio 2014.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado debida intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1) y 2), de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35 inciso b) y su ANEXO del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, modificado por el Decreto Nº 1039 de fecha 29 de julio de 2013.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Apruébanse los DOS (2) Contratos para el “Suministro de Vestuario y Equipos de Combate Individual”, suscriptos entre la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA y las empresas CHINA NORTH INDUSTRIES CORP (NORINCO) y CHINA XINXING IMPORT AND EXPORT CORPORATION, de fecha 12 de diciembre de 2013, que respectivamente, como ANEXO I en idioma español y ANEXO II en idioma español e inglés, se acompañan a la presente medida.

Art. 2° — El gasto que se aprueba en el artículo 1° deberá imputarse a las partidas específicas del Presupuesto para los Ejercicios Financieros 2013 y 2014 de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Agustín O. Rossi.

Fecha de publicación 17/01/2014