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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2311/2013

Designaciones en la Subsecretaría de Planificación y Gestión para la Integración Nacional.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0039195/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, las Decisiones Administrativas Nros. 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, 1 del 12 de enero de 2000 y sus modificatorias, y lo solicitado por la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación de diversos agentes, como Asesores de la Planta de Gabinete en la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la Planilla Anexa al artículo 8° de la Decisión Administrativa N° 1 del 12 de enero de 2000 y sus modificatorias, sustitutiva de la Planilla similar Anexa al artículo 1° de la medida citada en segundo término en el Visto de la presente medida.

Que conforme al régimen aludido, procede efectuar las designaciones de D. Marcos Oscar ROJAS SANTINI (D.N.I. N° 28.408.753) y de D. Daniel Fabián MARTINEZ (D.N.I. N° 16.865.235) como Asesores de la Planta de Gabinete en la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con la asignación de las Unidades Retributivas correspondientes.

Que los agentes propuestos han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 5 de julio de 2013, por lo que procede efectuar sus designaciones con efectos a esa fecha.

Que el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4 del 15 de marzo de 2002.

Que los agentes de que se trata, han dado cumplimiento a lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto N° 491/02.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Danse por designados, a partir del 5 de julio de 2013, como Asesores en la Planta de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los señores D. Marcos Oscar ROJAS SANTINI (D.N.I. N° 28.408.753) y D. Daniel Fabián MARTINEZ (D.N.I. N° 16.865.235), cada uno de ellos con una asignación total equivalente a la cantidad de MIL QUINIENTAS (1500) Unidades Retributivas mensuales.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

Fecha de publicación 20/01/2014