JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 2328/2013
Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección Nacional de Evaluación Presupuestaria.
Bs. As., 20/12/2013
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0041191/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 26.784, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1299 del 24 de octubre de 2005 y 343 del 3 de abril de 2013, y lo solicitado por la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.784 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.
Que por el Decreto N° 1299 del 24 de octubre de 2005 se dieron por designadas transitoriamente, entre otros agentes, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Licenciada Da. María Martha JAUREGUIBERRY como Asesora en Presupuesto, y a la Doctora Da. Claudia Elizabeth BAUDONNET como Asesora Técnica Jurídica, ambas en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la entonces SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N° 343 del 3 de abril de 2013 por el mismo término.
Que resulta necesario efectuar las prórrogas de las designaciones citadas precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4 del 15 de marzo de 2002.
Que las agentes involucradas en la presente medida se encuentran exceptuadas de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491/02 por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo normado por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Danse por prorrogadas las designaciones transitorias efectuadas oportunamente por el Decreto N° 1299 del 24 de octubre de 2005 y cuyas últimas prórrogas se efectuaron por el Decreto N° 343 del 3 de abril de 2013 del personal nominado en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto a partir del 19 de septiembre de 2013, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y de acuerdo con el detalle obrante en la misma, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Art. 2° — Los cargos mencionados en el artículo 1° deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 19 de septiembre de 2013.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.
ANEXO
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA
SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. | NIVEL - GRADO | FUNCION |
BAUDONNET, Claudia Elizabeth | 14.602.928 | A - 0 | Asesora Técnica Jurídica |
JAUREGUIBERRY, María Martha | 14.929.281 | A - 0 | Asesora en Presupuesto |
Fecha de publicación 31/01/2014