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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACION

Decisión Administrativa 22/2014

Dase por autorizada contratación en la Subsecretaría de Gestión y Coordinación de Políticas Universitarias.

Bs. As., 29/1/2014

VISTO el Expediente N° 13.483/13 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y 2.345 de fecha 30 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 491/02 estableció que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el Decreto N° 601/02 estableció que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 2.345/08.

Que el Decreto N° 577/03 y sus modificatorios estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491/02 y su reglamentación será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a PESOS DOCE MIL ($ 12.000) y de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.

Que mediante el dictado del Decreto N° 2.345/08 se han establecido las condiciones generales para la instrumentación de contrataciones de personal necesario para la realización de las actividades que complementan las competencias propias de cada Jurisdicción, actualizados los honorarios respectivos mediante el Decreto N° 485/13.

Que el MINISTERIO DE EDUCACION ha elevado la propuesta de contrato del Licenciado Pablo CEBALLOS en la órbita de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción y con el objeto de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas, siendo que el mismo reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.

Que con relación al consultor propuesto, la mencionada Cartera Ministerial ha solicitado con carácter de excepción incluirlo en las previsiones contenidas en el artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 2.345/08, atento que el mismo posee una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, 1° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios y del artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 2.345/08.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Dase por autorizado al MINISTERIO DE EDUCACION para contratar por el período comprendido entre el 1° de mayo de 2013 y el 31 de diciembre de 2013, al Licenciado Pablo CEBALLOS (DNI N° 26.095.797) por la categoría y montos indicados en el ANEXO, que forma parte integrante de la presente medida, en los términos del Decreto N° 2.345/08, exceptuándose al referido Ministerio de lo dispuesto por el artículo 7° del Anexo I del mencionado decreto.

Art. 2° — Dase por aprobada la contratación por el período comprendido entre el 1° de mayo de 2013 y el 31 de diciembre de 2013, del Licenciado Pablo CEBALLOS (DNI N° 26.095.797) por la categoría y montos indicados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente medida, en los términos del Decreto N° 2.345/08.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION, cuya desagregación se encuentra detallada en el ANEXO que integra la presente medida.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Alberto E. Sileoni.

ANEXO
ALTA
SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS

Fecha de publicación 31/01/2014