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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “A” 5510. 20/12/2013.

Ref.: Circular OPRAC 1 - 715. Política de crédito. Aplicación de la capacidad de préstamo de depósitos en pesos y recursos propios líquidos con destino a “Grandes empresas exportadoras”. Tratamiento de los conjuntos económicos. Suspensión de su vigencia.

ANEXO


B.C.R.A.
POLITICA DE CREDITO
Sección 8. Disposiciones transitorias.


8.1. Para todas aquellas colocaciones que se constituyan con motivo de la Ley 26.476 de exteriorización y repatriación de capitales se deberá observar lo siguiente:
8.1.1. Aplicación de la capacidad de préstamo.
Las entidades financieras receptoras de los depósitos realizados por aplicación de las disposiciones de la Ley Nº 26.476, deberán destinar los recursos a líneas especiales de créditos al sector productivo de acuerdo con la reglamentación del Poder Ejecutivo Nacional, siendo de aplicación, adicionalmente, en el caso de fondos captados en moneda extranjera, las disposiciones previstas en el punto 2.1. de la Sección 2.
8.1.2. Defecto de aplicación.
El defecto de aplicación en pesos estará sujeto a un incremento equivalente en la exigencia de efectivo mínimo en pesos, mientras que en moneda extranjera quedará sujeto a lo previsto en el punto 2.7. de la Sección 2.
8.2. A partir del 13.12.13 se suspende la aplicación de lo previsto en el penúltimo párrafo del punto 6.1. de la Sección 6., referido al tratamiento de conjuntos económicos.


Versión: 2a.
COMUNICACION “A” 5510Vigencia: 21/12/2013Página 1

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- Suspender, con vigencia al 13.12.13, la aplicación de lo previsto en el penúltimo párrafo del punto 6.1. de la Sección 6. de las normas sobre ‘Política de crédito’.”
Por último, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “normativa” (“textos ordenados”), se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
MATIAS A. GUTIERREZ GIRAULT, Gerente de Emisión de Normas. — ALFREDO A. BESIO, Subgerente General de Normas.

e. 06/02/2014 Nº 5053/14 v. 06/02/2014

Fecha de publicación 06/02/2014