Edición del
9 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decreto 265/2014

Designación en la Unidad Ministro.

Bs. As., 5/3/2014

VISTO el Decreto Nº 2080 de fecha 15 de diciembre de 2009 y lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD mediante el expediente Nº 1-2002-20363/13-6 del registro del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 2° del Decreto Nº 2080 del 15 de diciembre de 2009 se creó con dependencia directa de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE SALUD el cargo extraescalafonario de Coordinador de Ceremonial, con una retribución mensual equivalente a la del Nivel B, Grado 0, con Funciones Ejecutivas de Nivel IV, del régimen escalafonario instituido por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, cuyas funciones serán las de organizar las actividades internas y externas propias de ceremonial y protocolo, planificando y dirigiendo todas las acciones vinculadas con los aspectos señalados, coordinando con las áreas específicas de otros organismos Nacionales, Provinciales, Municipales o entidades privadas, la concurrencia a actos oficiales, protocolares o eventos de distinta índole en los que deba participar el Ministro, Secretarios y/o Subsecretarios de la jurisdicción.

Que atento a que el referido cargo se encuentra vacante y teniendo en consideración las actuales necesidades operativas de la referida Unidad, resulta necesario su inmediata cobertura dada la implicancia, relevancia y responsabilidad de las funciones previstas para el mismo, por lo que el citado Ministerio propicia la designación de la señorita Luciana Romina AMIGHINI (DNI Nº 29.718.560), como titular del aludido cargo.

Que la nombrada posee y acredita las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias que la habilitan para cumplir eficientemente con las responsabilidades y funciones del cargo de Coordinadora de Ceremonial del citado Ministerio.

Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL, y de lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 y el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dase por designada, a partir del 1° de noviembre de 2013, a la señorita Luciana Romina AMIGHINI (DNI Nº 29.718.560), en el cargo extraescalafonario de Coordinadora de Ceremonial, creado por el Artículo 2° del Decreto Nº 2080/09, con dependencia directa de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE SALUD, con una retribución mensual equivalente a la del Nivel B, Grado 0, con Funciones Ejecutivas Nivel IV, del régimen escalafonario instituido por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, siendo sus funciones las de organizar las actividades internas y externas propias de ceremonial y protocolo, planificando y dirigiendo todas las acciones vinculadas con los aspectos señalados, coordinando con las áreas específicas de otros organismos Nacionales, Provinciales, Municipales o entidades privadas, la concurrencia a actos oficiales, protocolares o eventos de distinta índole en los que deba participar el Ministro, Secretarios y/o Subsecretarios de la jurisdicción, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Juan L. Manzur.

Fecha de publicación 12/03/2014