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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA ROSARIO DIVISION ADUANA DE SAN PEDRO

Aduana de San Pedro, 05/03/2014

Se NOTIFICA a la firma que se detalla a continuación en el marco de los sumarios contenciosos allí mencionados que tramitan por esta Aduana, la providencia que en su parte pertinente se transcribe... “Considerando el estado de la presente actuación, la constancia de notificación de la corrida de vista..., y la no comparecencia... en el plazo que le fuera conferido para contestar la misma (cfr. artículo 1.101 del Código Aduanero, Ley 22.415), se lo DECLARA REBELDE en los términos del Artículo 1.105 del Código Aduanero”. “Prosigan las presentes actuaciones según su estado, conforme lo establecido en el Artículo Nº 1.105 del citado código y téngase presente que de acuerdo a lo normado por el Artículo Nº 1.106 del citado Código “El rebelde podrá comparecer en cualquier estado del procedimiento, pero éste no se retrotraerá”. NOTIFIQUESE conforme lo establece el Artículo Nº 1.037 inc. g), en la forma prevista por el Artículo Nº 1013 inc. h) del Código Aduanero, por ignorarse domicilio. Fdo. Gustavo A. del Río, Administrador (Int.) Aduana de San Pedro.


SUMARIO N°
CAUSANTE
060-SC-146-2013/9DOBLE CIRCULO S.A. (C.U.I.T. Nº 30-66806310-8)
060-SC-144-2013/2DOBLE CIRCULO S.A. (C.U.I.T. Nº 30-66806310-8)
060-SC-145-2013/0DOBLE CIRCULO S.A. (C.U.I.T. Nº 30-66806310-8)


GUSTAVO A. DEL RIO, Administrador (Int.), Aduana de San Pedro.

e. 12/03/2014 Nº 14030/14 v. 12/03/2014

Fecha de publicación 12/03/2014