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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS

Disposición Nº 3242/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO, el Expediente Nº 2002-13455-13-0 del registro de este Ministerio y;

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente se realizó el cierre del Establecimiento para la Comercialización de Productos Biomédicos denominado “TWIN MEDICAL S.A.” ubicada en calle Larrea Nº 1007 (C.P. 1117), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiéndose el correspondiente acto administrativo por Disposición Nº 2596 de fecha 22 de octubre de 2013.

Que en la Disposición mencionada se consignó por error al último artículo como 3° siendo el 4°.

Que se cotejaron los datos obrantes en la Disposición Nº 2596 de fecha 22 de octubre de 2013 por lo que constatado el error, corresponde dictar el acto rectificatorio.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS
DISPONE:

ARTICULO 1° — Rectifíquese el último artículo de la Disposición Nº 2596 de fecha 22 de octubre de 2013 que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 4°: Regístrese, tome conocimiento el Registro Unico de Profesionales de la Salud de la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras. Por Mesa de Entradas y Notificaciones, cítese y notifíquesele al interesado al domicilio de la calle Rivera Indarte Nº 177 5 “A”, CABA, de la presente Disposición, haciéndole entrega de una copia fiel de la misma. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y remítase copia a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) (Sección de Psicotrópicos y Estupefacientes). Cumplido, vuelva.”.

ARTICULO 2° — Regístrese, tome conocimiento el Registro Unico de Profesionales de la Salud de la Dirección de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras. Por Mesa de Entradas y Notificaciones, cítese y notifíquesele al interesado de la presente Disposición, haciéndole entrega de una copia autenticada de la misma. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y remítase copia a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), Sección Psicotrópicos y Estupefacientes. Cumplido, vuelva. — Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director, Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 13/03/2014 Nº 14380/14 v. 13/03/2014

Fecha de publicación 13/03/2014