MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº 38.264 DEL 10 MAR. /2014
EXPEDIENTE Nº 58.925: RESOLUCION 37.163 ART. 2° AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA - CODIGO DE ENTIDAD Nº 389. SINTESIS:
VISTO... y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sancionar a AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA con una MULTA de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000).
ARTICULO 2° — Una vez firme la presente Resolución, la Gerencia de Autorizaciones y Registros deberá tomar nota de la medida dispuesta en el Artículo 1°.
ARTICULO 3° — Se deja constancia que la presente Resolución es apelable en los términos del Artículo 83 de la Ley Nº 20.091.
ARTICULO 4° — Regístrese, notifíquese por correo certificado con aviso de retorno al domicilio de 20 de Febrero 197, Entre Piso, (C.P. 4400), Salta, Pcia. de Salta, con vista de todo lo actuado y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Julio A. Roca 721 Planta Baja. Capital Federal. MESA DE ENTRADAS.
e. 13/03/2014 Nº 14558/14 v. 13/03/2014
Fecha de publicación 13/03/2014