BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION “A” 5540. 11/02/2014.
Ref.: Circular CONAU 1 - 1043 RUNOR 1 - 1058. Requerimiento de Información - Línea de créditos para la inversión productiva (Comunicaciones “A” 5516 y “A” 5534).
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. a fin de hacerles llegar el requerimiento de información vinculado con las disposiciones difundidas mediante la Comunicación de referencia.
Sobre el particular, las entidades alcanzadas para las financiaciones del Cupo 2014 (punto 1.3. del Texto Ordenado) deberán informar los datos que se detallan en Anexo.
Este requerimiento deberá presentarse mensualmente para el período comprendido entre enero y diciembre 2014 ambos inclusive y su vencimiento operará el 20 del mes siguiente al que corresponde la información.
Se destaca que para el Cupo 2014 deberán destinar el 5% de los depósitos del sector Privado No Financiero en pesos, a fin del mes de noviembre de 2013 de acuerdo con lo informado en el Régimen Informativo Contable Mensual - Balance de Saldos en la cuenta contable 311700.
Por otra parte se aclara que los requerimientos correspondientes al segundo tramo del Cupo 2013 (diseño 4397) y al Cupo 2014 (diseño 4396) deberán enviarse inclusive, hasta el período de información relativo al mes en el cual se hubieren desembolsado la totalidad de las financiaciones acordadas e informadas en diciembre 2013 y junio 2014 respectivamente. Asimismo, en caso de haber registrado financiaciones desembolsadas de manera escalonada, deberán enviar adicionalmente la información correspondiente a junio 2014 (diseño 4397) y diciembre 2014 (diseño 4396).
A fin de hacer efectiva la aplicación del exceso establecido en el último párrafo del punto 3.5.3 del Texto Ordenado, deberán enviar una nota dirigida a la Gerencia General de esta Institución, la que deberá ser firmada por el Responsable de la generación y cumplimiento del régimen informativo y detallar el monto a trasladar. Esta nota podrá remitirse a partir de la fecha de presentación de la información en la cual se haya desembolsado la totalidad del monto acordado, sin exceder el 25 de julio de 2014.
Aquellas entidades financieras que informaren financiaciones en el Cupo 2014 (diseño 4396), que hubieran sido acordadas con anterioridad al 28 de diciembre de 2013 (y que no fueron incluidas en el segundo tramo del Cupo 2013) deberán integrar el campo “fecha del acuerdo” (campo 11) con 20131228.
Saludamos a Uds. atentamente.
El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Dr. Raúl Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el Sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Normativa”).
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
ESTELA M. DEL PINO SUAREZ, Subgerente General de Régimen Informativo y Central de Balances. — JUAN C. ISI, Gerente General a/c.
ANEXO: 22 hojas
e. 25/03/2014 Nº 16215/14 v. 25/03/2014
Fecha de publicación 25/03/2014