ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº 96/2014
ACTA Nº 1303 Expediente ENRE Nº 36.958/2012
Bs. As., 26/3/2014
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Sancionar a la “TRANSPORTISTA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA REGION DEL NOROESTE ARGENTINO S.A.” (“TRANSNOA S.A.”) en la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATRO CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 488.004,77) correspondientes al período comprendido entre los meses de abril a septiembre de 2012, por incumplimiento del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal del Noroeste Argentino contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duraciones y montos de penalización se expresan en los Anexos I, II, III, IV, V y VI, y total en el Anexo XIII, al Informe Técnico y Legal de fojas 80/130 y 143.
2.- Instruir a “TRANSNOA S.A.” para que de conformidad con lo dispuesto en el punto 5.1.3 de la cláusula quinta del Acta Acuerdo refrendada mediante Decreto PEN Nº 1245/2007, destine la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 482.580,27), correspondientes a líneas, Conexión/Transformación y Conexión/Salidas, a la ejecución de inversiones adicionales según el detalle que se efectúa en el Anexo XIV (fojas 144) al Informe mencionado, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8 del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo.
3.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el débito de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON SESENTA CENTAVOS ($ 4.339,60) sobre la liquidación de ventas de “TRANSNOA S.A.” por incumplimiento de sus Transportistas Independientes al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, correspondiente a los meses de abril, julio, agosto y septiembre de 2012, cuyo detalle, duración y monto de penalización se efectúa en los Anexos I, IV, V y VI y total en Anexo XV obrantes a fojas 80/87, 100/136 y 145 y ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8 del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo.
4.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el débito de PESOS MIL OCHENTA Y CUATRO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 1.084,90) sobre la liquidación de ventas de “TRANSNOA S.A.”, por incumplimientos en cuanto a sus obligaciones respecto de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes, por los montos detallados en los Anexos I, IV, V y VI y el total en Anexo XV obrantes a fojas 80/87, 100/136 y 145, y ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8 del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo.
5.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENRE cuando complete la liquidación a favor de “TRANSNOA S.A.” de la totalidad de los ingresos determinados en el Acuerdo Instrumental para el período semestral abril a septiembre de 2012.
6.- Determinar, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 24 del Anexo II-B del contrato de concesión de “TRANSNOA S.A.” y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE Nº 182/2000, los premios que percibirá esta Transportista correspondientes al período comprendido entre los meses de abril a septiembre de 2012 en la suma de PESOS CIEN MIL SETENTA Y DOS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 100.072,51), de acuerdo al detalle que se efectúa en los Anexos VII, VIII, IX, X, XI y XII, y total en Anexo XVI al Informe Técnico y Legal obrantes a fojas 131/142 y 146.
7.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en el Artículo precedente, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte, cuyo total consta en el Anexo XVI (fojas 146) para ser acreditados sobre la liquidación de venta de “TRANSNOA S.A.”.
8.- Notifíquese a CAMMESA y “TRANSNOA S.A.” con copia de los Anexos de fojas 80/146. Hágase saber a esta última que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de diez (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto PEN Nº 1759/1972 (Texto Ordenado en 1991), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles administrativos; y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el Artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales.
9.- Publíquese la presente Resolución en la página web del ENRE, conjuntamente con los anexos de fojas 80/146. — FEDERICO BASUALDO RICHARDS, Vocal Primero. — ENRIQUE G. CARDESA, Vocal Segundo. — VALERIA MARTOFEL, Vocal Tercera. — LUIS M. BARLETTA, Vicepresidente. — RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30.
e. 03/04/2014 Nº 20129/14 v. 03/04/2014
Fecha de publicación 03/04/2014