Secretaría General ADHESIONES OFICIALES
Resolución 395/2014
Declárase de Interés Nacional el “15° Congreso Mundial del Dolor 2014 - 15th World Congress On Pain 2014”.
Bs. As., 28/3/2014
VISTO la Act. Nº 153624-12-2 de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por la cual tramita la solicitud de la AAED, para declarar de Interés Nacional el “15° CONGRESO MUNDIAL DEL DOLOR 2014 - 15th WORLD CONGRESS ON PAIN 2014”, y
CONSIDERANDO:
Que la ASOCIACION ARGENTINA para el ESTUDIO del DOLOR es una Entidad de Bien Público, sin fines de lucro, de larga y conocida trayectoria cuyo fin es exclusivamente de carácter académico, promoviendo y estimulando la investigación del dolor agudo y crónico para su tratamiento.
Que el objetivo del citado congreso consistirá convocar a profesionales nacionales y extranjeros, con el fin de intercambiar conocimientos y tendencias científico tecnológicas configurando un importante aporte en la materia para nuestro país.
Que, los objetivos del mismo se hallan en concordancia con las políticas llevadas a cabo por el Gobierno Nacional, en lo que respecta de atender las necesidades de prevención y atención de la salud, promoviendo una mejor calidad de vida de toda la población.
Que han tomado la debida intervención tanto el Ministerio de Salud, como así también el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en la sustanciación de la medida.
Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión es meritorio de la declaración de interés nacional impulsada.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Declarar de interés nacional el “15° CONGRESO MUNDIAL DEL DOLOR 2014 - 15th WORLD CONGRESS ON PAIN 2014”, que se llevará a cabo del 7 al 14 de octubre de 2014, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 03/04/2014