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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES

Decreto 495/2014

Designación en la Unidad de Auditoría Interna.

Bs. As., 8/4/2014

VISTO la Ley Nº 26.895, los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 1836 del 24 de noviembre de 2009 y Nº 1965 del 23 de noviembre de 2011, Nº 1653 de fecha 23 de octubre de 2013, la Resolución Conjunta S.G.y.C.A Nº 49 y S.H. Nº 46 de fecha 25 de febrero de 2014, y lo solicitado por el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2014.

Que el artículo 7 de la mencionada Ley establece que: “salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente ley, ni los que se produzcan con posterioridad”.

Que por el artículo 10 de la citada Ley se dispuso que las facultades otorgadas por la misma al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 1836/09 se modificó la estructura organizativa de las aperturas inferiores del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por medio del Decreto Nº 1965/11 se modificó el Decreto Nº 357/02 en relación con el organismo citado en el párrafo precedente.

Que por el artículo 2° del Decreto Nº 1653/13, se procedió a crear el cargo de AUDITOR INTERNO ADJUNTO de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA dependiente del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por la Resolución Conjunta S.G. y C.A. Nº 49/14 y S.H. Nº 46/14 se incorporó al nomenclador de Funciones Ejecutivas del organismo citado el cargo de Auditor Interno Adjunto.

Que el cargo aludido se encuentra vacante y que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Jurisdicción, resulta necesario proceder a la designación transitoria del titular del mencionado cargo con Función Ejecutiva, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la citada Ley y de lo dispuesto, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto Nº 2098/08.

Que el organismo mencionado ha propuesto a tal efecto al Doctor Victor Hugo LEY, quien cumple con los requisitos a que se refiere el artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7° y 10 de la Ley 26.895 y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 01 de abril de 2014 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el Cargo Nivel A - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08, como Auditor Interno Adjunto de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, autorizándose el pago correspondiente de la Función Ejecutiva Nivel III, al Doctor Victor Hugo LEY (D.N.I Nº 16.226.564), con excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley Nº 26.895.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 01 de abril de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alicia M. Kirchner.

Fecha de publicación 15/04/2014