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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 809/2014

Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur. Creación. Desígnase Director.

Bs. As., 29/5/2014

VISTO el Expediente Nº 2463/14 del registro de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO DE CULTURA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, aprobado por la Ley Nº 26.895 y distribuido por Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014; los Decretos Nº 641 de fecha 6 de mayo de 2014 y Nº 1058 de fecha 19 de junio de 2002 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por intermedio del Decreto Nº 641/14 se modificó la Ley de Ministerios (t.o. Decreto Nº 438/92), disponiéndose la creación del MINISTERIO DE CULTURA, determinándose sus competencias.

Que entre las competencias del MINISTERIO DE CULTURA, se encuentra dirigir las políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.

Que a través del Decreto Nº 1058/02 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO DE CULTURA.

Que la citada norma establece que es Responsabilidad Primaria de la DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS entender, conducir y planificar estrategias para la investigación, promoción, rescate, preservación, estímulo, mejoramiento, acrecentamiento y difusión en el ámbito nacional e internacional del Patrimonio Cultural de la Nación, tangible e intangible, inmaterial y oral, en todos los campos en que el mismo se desarrolle.

Que, en ese marco, se ha propuesto la creación del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, a los efectos de difundir, comunicar, exhibir y concientizar a todos los habitantes de la nación acerca de la soberanía argentina sobre las Islas, particularmente las Georgias del Sur y Sandwich del Sur.

Que entre los objetivos fundamentales asignados a dicho Museo se encuentra la reivindicación de los cimientos inobjetables de la soberanía nacional sobre las Islas, a través de la fundamentación histórica, la fauna y la flora, la cercanía geográfica y la extensión insular como parte de la topografía patagónica.

Que por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que, asimismo, a los efectos de implementar el cargo de conducción del referido Museo, resulta necesario proceder a la recomposición de los cargos asignados a la jurisdicción.

Que, a tal fin, con el objeto de garantizar el funcionamiento operativo del Museo, resulta necesario designar a su titular, con carácter transitorio, hasta tanto se sustancie el proceso de selección para la cobertura del cargo.

Que el señor Guillermo Jorge GILES reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de Director del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR del MINISTERIO DE CULTURA.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico competente se ha expedido sobre el particular.

Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 6°, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y por el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Créase el MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS del MINISTERIO DE CULTURA, el que tendrá a su cargo las Acciones que se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 20 - 14 para el Ejercicio 2014, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, la que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3° — Desígnase, con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en un cargo Nivel B, Grado 0, como Director del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR de la DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS del MINISTERIO DE CULTURA, al señor Guillermo Jorge GILES (DNI Nº 8.219.682), con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley Nº 26.895, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

Art. 4° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente Decreto.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Teresa A. Sellarés.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
MINISTERIO DE CULTURA
SUBSECRETARIA DE GESTION CULTURAL
DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS
MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
ACCIONES
1. Difundir, comunicar, exhibir y concientizar a todos los habitantes de la nación acerca de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur, particularmente las Georgias del Sur y Sandwich del Sur.
2. Promover la reivindicación de la Causa Malvinas como una causa Argentina, latinoamericana y universal.
3. Difundir e intervenir en los temas atinentes a la reivindicación de la soberanía nacional sobre las Islas Malvinas en el marco de los pilares democráticos y los principios de Paz, Memoria, Verdad y Justicia.
4. Recordar y rendir homenaje a los argentinos que entregaron sus vidas en defensa de las Islas a lo largo de nuestra historia como Nación.
5. Organizar y promover la realización de actividades, jornadas, simposios y eventos en el país y en la región, tendientes a reforzar las acciones precedentes.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°
PRESUPUESTO 2014
JURISDICCION 20 - PRESIDENCIA DE LA NACION
SUBJURISDICCION 14 - SECRETARIA DE CULTURA
PROGRAMA 37 - PRESERVACION Y EXHIBICION ARTISTICA CULTURAL
UNIDAD EJECUTORA - DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS


CARGO O CATEGORIA
CANTIDAD DE
CARGOSHORAS DE CATEDRA
PERSONAL PERMANENTE
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.)
B+1
F-1
SUBTOTAL0
TOTAL0

Fecha de publicación 06/06/2014