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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACION

Decreto 597/2014

Prorrógase designación del Director de Despacho.

Bs. As., 23/4/2014

VISTO los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 1.025 del 14 de junio de 2002, 1.085 del 5 de mayo de 2003, 1.386 del 30 de diciembre de 2003, 1.406 del 13 de octubre de 2004, 594 del 3 de junio de 2005, 436 del 17 de abril de 2006, 235 del 14 de marzo de 2007, 1.311 del 2 de octubre de 2007, 929 del 11 de junio de 2008, 390 del 23 de abril de 2009, 2.164 del 28 de diciembre de 2009, 1.596 del 3 de noviembre de 2010, 396 del 5 de abril de 2011, 176 del 3 de febrero de 2012, 2.079 del 29 de octubre de 2012 y 1.093 del 7 de agosto de 2013 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 1.025 del 14 de junio de 2002 se cubrió en el entonces MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA el cargo con Funciones Ejecutivas de Director de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.

Que en el artículo 5° del mencionado Decreto Nº 1.025/02 se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995) en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.

Que por el Decreto Nº 1.085 del 5 de mayo de 2003 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 1.386 del 30 de diciembre de 2003, 1.406 del 13 de octubre de 2004, 594 del 3 de junio de 2005, 436 del 17 de abril de 2006, 235 del 14 de marzo de 2007, 1.311 del 2 de octubre de 2007, 929 del 11 de junio de 2008, 390 del 23 de abril de 2009, 2.164 del 28 de diciembre de 2009, 1.596 del 3 de noviembre de 2010, 396 del 5 de abril de 2011, 176 del 3 de febrero de 2012, 2.079 del 29 de octubre de 2012 y 1.093 del 7 de agosto de 2013, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACION el término fijado en el artículo 1° del aludido Decreto Nº 1.093 del 7 de agosto de 2013.

Que en atención a la entrada en vigencia del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08, deberá adecuarse la cobertura de dicho cargo a los nuevos sistemas de selección vigentes.

Que el referido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Prorrógase a partir del 22 de enero de 2014, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada por el Decreto Nº 1.025/02, prorrogada por sus similares Nros. 1.085/03, 1.386/03, 1.406/04, 594/05, 436/06, 235/07, 1.311/07, 929/08, 390/09, 2.164/09, 1.596/10, 396/11, 176/12, 2.079/12 y 1.093/13, del Licenciado Emiliano Ricardo TAGLE (D.N.I. 14.646.842), en el cargo de Director de Despacho (Nivel B con Función Ejecutiva III) dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 22 de enero de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alberto E. Sileoni.

Fecha de publicación 05/05/2014