Edición del
2 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE

Resolución Nº 163/2014

Bs. As., 7/5/2014

VISTO: el expediente Nº 1-2002-4638000267/14-8 del registro de este INCUCAI, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento de Compras y Contrataciones ha informado la existencia de una significativa cantidad de garantías entregadas por oferentes participantes en contrataciones realizadas por esta Institución, cuyos trámites, conforme a la normativa vigente, ya se encuentran finalizados.

Que se han arbitrado distintos medios tendientes a notificar a dichos oferentes a fin del correspondiente retiro de las mencionadas garantías; no obstante ello, aún se encuentran en poder de este Instituto Nacional una gran cantidad de las mismas.

Que en virtud de ello, el referido Departamento solicita realizar una publicación en el Boletín Oficial por 3 (tres) días, a efectos del cómputo del plazo de un (1) año establecido por el artículo 56 del Decreto Nº 436/2000; y de ciento ochenta (180) días previsto en el artículo 105 del Decreto Nº 893/2012.

Que trascurridos los plazos indicados en el acápite anterior, se habilitará el procedimiento correspondiente como consecuencia de la renuncia tácita de las garantías no retiradas a favor de este Instituto Nacional.

Que por lo expuesto ha sido necesaria gestionar la mencionada publicación, en cumplimiento con lo establecido en los Decretos Nº 436/2000 y 893/2012 y demás normas concordantes y complementarias.

Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos y el Departamento de Compras y Contrataciones han tomado la intervención de su competencia.

Que quienes suscriben la presente son competentes para resolver en esta instancia, de conformidad con las atribuciones conferidas por la ley Nº 24.193.

Que el presente tema se trató en reunión de Directorio el día 07 MAY. 2014, Acta Nº 17.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO
COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Notifíquese a los oferentes detallados en el Anexo Unico, que es parte integrante de esta Resolución, a través de la Publicación por tres (3) días en el Boletín Oficial, a efectos del cómputo del plazo de un (1) establecido por el artículo 56 del Decreto Nº 436/2000; y de ciento ochenta (180) días previsto en el artículo 105 del Decreto Nº 893/2012. Vencido dicho plazo, procédase a la destrucción de las garantías no retiradas por los oferentes y enumeradas en el citado Anexo.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Transmítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para la publicación por el término dispuesto en el artículo precedente. Cumplido, archívese. — Dr. CARLOS A. SORATTI, Presidente INCUCAI, Ministerio de Salud de la Nación. — Dr. MARTIN TORRES, Vicepresidente INCUCAI, Ministerio de Salud de la Nación.

ANEXO UNICO

e. 12/05/2014 Nº 30904/14 v. 14/05/2014

Fecha de publicación 13/05/2014