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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Secretaría General ADHESIONES OFICIALES

Resolución 502/2014

Declárase de Interés Nacional el evento “FESPAL 2014”.

Bs. As., 12/5/2014

VISTO la actuación Nº 177609-14-2 del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION donde tramita la solicitud de declarar de interés nacional el evento “FESPAL 2014”, y

CONSIDERANDO:

Que desde el año 2001 las jornadas son organizadas por la Comuna de CHABÁS, Departamento CASEROS, de la PROVINCIA DE SANTA FE.

Que se ha convertido en el modelo de abordaje de las complejidades productivas regionales y forma parte de las nuevas necesidades, vinculadas a potenciar el desarrollo de cadenas de valor en todo el territorio nacional con el fin de generar posibilidades de reconversión productiva para los pequeños y medianos productores e impulsar la producción intensiva con valor agregado, con alto grado de calidad, para el acceso a los diversos mercados.

Que la comuna de Chabás, ubicada en el km 714, se ha convertido en un centro de promoción de las producciones alternativas no tradicionales sobre el corredor turístico productivo de la Ruta Nacional Nº 33, lo que le ha valido diversas distinciones, tanto provinciales, nacionales como internacionales.

Que el MINISTERIO DE TURISMO de la NACION ha tomado la intervención correspondiente, prestando su conformidad al dictado del presente mediante Resolución MINTUR 152 del 28 de abril del corriente año.

Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión es meritorio de la declaración de interés nacional impulsada.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1° — Declarar de interés nacional el evento “FESPAL 2014”, que se llevará a cabo entre los días 16 al 18 de mayo de 2014, en la, Comuna de CHABAS, Departamento CASEROS, PROVINCIA DE SANTA FE.

Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.

Fecha de publicación 15/05/2014