JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 359/2014
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Planificación y Política Ambiental.
Bs. As., 13/5/2014
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM:0023573/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 934 de fecha 7 de octubre de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de la ADENDA suscripta con fecha 29 de marzo de 2013, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrada entre el ex titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Ariel Marcelo MORALES (D.N.I. Nº 23.103.343), del contrato aprobado oportunamente mediante la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 934 de fecha 7 de octubre de 2013, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002.
Que a partir del 1º de abril de 2013 se le han asignado al agente mencionado funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas, por lo que corresponde aprobar la ADENDA al contrato aprobado oportunamente, con ajuste del nivel y grado conforme las obligaciones ahora convenidas, con efecto a la fecha mencionada precedentemente.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la ADENDA al contrato, solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.
Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de abril de 2013 en la función de Asesor Legal Especializado, por lo que procede aprobar la ADENDA al contrato con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.895 - Servicio Administrativo Financiero Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por aprobada con efectos al 1º de abril de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, la ADENDA suscripta ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrada entre el ex titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Ariel Marcelo MORALES (D.N.I. Nº 23.103.343), para desempeñar funciones de Asesor Legal Especializado en la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL de la citada Secretaría, equiparado al Nivel A - Grado 1 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, del contrato que fuera aprobado mediante la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 934 de fecha 7 de octubre de 2013, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.
Art. 2° — Autorízase la ADENDA que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.895 - Servicio Administrativo Financiero Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.
Fecha de publicación 20/05/2014