ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE IGUAZU
Se hace saber a los interesados de las actuaciones que se detallan a continuación que conforme a la Instrucción General Nº 02/2007 (DGA), se ha dispuesto el archivo de las Denuncias. Haciéndole saber que en el perentorio término de quince días de notificado la presente, deberán proceder de corresponder a destinar las mercaderías involucradas en las denuncias, bajo apercibimiento de considerarlas, abandonadas a favor del Estado Nacional, y en cuyo caso se procederá conforme a los lineamientos establecidos en el art. 429 sgtes. y cctes. del C. A. Ley 22.415 y sus modificatorias (Ley 25.603 y Ley 25.986). Fdo.: Juez Administrativo de la División Aduana de Iguazú, LIC. ENRIQUE JUAN A.
e. 22/05/2014 Nº 33599/14 v. 22/05/2014
Fecha de publicación 22/05/2014