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14 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE SANTO TOME

Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO Nº 143-2013/3, caratulado: “MONJE CIRIACO NESTOR, S/INF. ART. 985/986, DEL CODIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO Nº 008/2014 (AD.SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.-CONDENAR a MONJE CIRIACO NESTOR, D.N.I. Nº 16.989.23”, cuyos demás datos figuran en auto y domicilio constituido en sede de esta aduana; al pago de una multa igual a la suma de PESOS: TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 09/100 CENTAVOS ($13.943,09), equivalente a UNA (1) VEZ el valor en plaza de las mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes y a lo normado por el Art. 985/986 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena de comiso de las mercaderías (Arts. 985/986 C.A.), las que deberán ser dispuesta de conformidad a su naturaleza y a la normativa vigente. ARTICULO 3°.- HACER SABER a la parte interesada que podrá interponer contra el presente pronunciamiento, Demanda Contenciosa ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Paso de los Libres, Ctes., previsto en el art. 1132 del Código Aduanero, en el plazo de quince (15) días a contar desde el día hábil siguiente de la notificación respectiva, en los términos del art. 1.132, 2° Ap. del Código Aduanero, debiendo cumplirse en tal caso con la comunicación exigida por el art. 1.138 C.A. ARTICULO 4°.-Ante el incumplimiento del Artículo 1° PROCEDER a emitir el pertinente Certificado de Deuda a fin de iniciar los trámites de ejecución fiscal en sede judicial (art. 1.125 C.A.). ARTICULO 5° y 6°.- DE FORMA. REGISTRESE. FIRMADO JEFE DE DIVISION ADUANA DE SANTO TOME. — MIRIAM I. KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.

e. 22/05/2014 Nº 33676/14 v. 22/05/2014

Fecha de publicación 22/05/2014