SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE GUARDAVIDAS DEL RIO DE LA PLATA (SI.GU.R.), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 441/14.
ARTICULO 1°.- A los 20 días del mes de Mayo de 2010, se constituye el SINDICATO DE GUARDAVIDAS DEL RIO DE LA PLATA (SI.GU.R.) como entidad de primer grado, que agrupará a los trabajadores que presten servicios de GUARDAVIDAS bajo relación de dependencia. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio que comprende los municipios de Punta Indio, Magdalena, Berisso y Ensenada, de la Provincia de Buenos Aires, siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en Manzana 6 Nº 178, Barrio Obrero, Berisso, Provincia de Buenos Aires.
Objeto:
ARTICULO 2°.- La entidad tendrá los objetivos y fines que a continuación se detallan:
a) Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad.
b) Representar a los trabajadores de la actividad, a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva, de carácter gremial, laboral o social ante los organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza.
c) Peticionar ante las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismo nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical.
d) Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general.
e) Propiciar y concretar convenios colectivos, proponer proyectos de legislación que determinen la mejora del sector tanto en las condiciones de trabajo como en las relaciones laborales en general.
f) Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores.
g) Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudio y capacitación para todos los trabajadores del sector.
h) Crear colonias, campamentos, campos de deportes, sitios vacacionales y de esparcimiento, que promuevan y permitan el acceso de los afiliados al turismo, la recreación y las actividades sociales y deportivas.
ARTICULO 29.- El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por diez (10) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
SECRETARIO GENERAL; SECRETARIO GENERAL ADJUNTO; SECRETARIO DE ORGANIZACION; SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES; SECRETARIO TESORERO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION; SECRETARIO DE ACCION SOCIAL; SECRETARIO DE CAPACITACION, CULTURA Y DIFUSION; SECRETARIO DE PREVENCION Y SEGURIDAD; VOCAL TITULAR PRIMERO; VOCAL TITULAR SEGUNDO.
Habrá además dos (2) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares. El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.
Número de afiliados al tiempo de la aprobación del estatuto.
La entidad cuenta con cincuenta y siete (57) afiliados.
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.
Fecha de publicación 22/05/2014