Secretaría General ADHESIONES OFICIALES
Resolución 580/2014
Declárase de Interés Nacional el “XXXVIII Barany Meeting”.
Bs. As., 23/5/2014
VISTO la Actuación Expediente Nº 178297-14-2 del registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION por la cual tramita la solicitud para declarar de Interés Nacional el “XXXVIII BARANY MEETING”, y
CONSIDERANDO:
Que para la realización de esta reunión científica, con sede por primera vez en nuestro país, la asociación internacional BARANY SOCIETY designó como organizadores a los Médicos Neurólogos Dr. Prof. Darío YACOVINO M.N. 96968 y Dr. Prof. Sergio CARMONA M.N. 90229.
Que los citados profesionales tienen como objetivo acercar a sus colegas de nuestro país y de Latinoamérica un evento que hasta ahora se desarrolló en países centrales y versa principalmente sobre trastornos Vestibulares.
Que la temática abordada pretende describir y ahondar en la problemática del vértigo y los trastornos del equilibrio como alteraciones prevalentes en la población mundial.
Que el Comité Científico lo conforman profesionales de Alemania, Japón, Estados Unidos, Suecia, Noruega y Luxemburgo, y que el encuentro contará con relatores internaciones invitados del más alto nivel con el fin de intercambiar conocimientos mediante módulos temáticos vinculados a diversos campos de la especialidad.
Que dicho evento constituye el medio más adecuado para el perfeccionamiento científico-tecnológico vinculado a la salud.
Que han tomado intervención tanto el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, como el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.
Que por la importancia de los temas a tratar y la trascendencia del evento en cuestión deviene meritoria la declaración de interés nacional impulsada.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J, del Decreto 101/85 y su modificatorio, el Decreto 1517/14.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:
Artículo 1° — Declarar de interés nacional el “XXXVIII BARANY MEETING”, que se llevará a cabo entre los días 25 y 28 de mayo de 2014 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 29/05/2014