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Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 516/2014

Apruébase la modificación realizada al texto del Estatuto Social de la Asociación del Personal y Empleados Legislativos de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.

Bs. As., 26/5/2014

VISTO el Expediente Nº 117.770/09 del Registro de la DELEGACION REGIONAL RIO GALLEGOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390; Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que la ASOCIACION DEL PERSONAL Y EMPLEADOS LEGISLATIVOS A.P.E.L., con domicilio en calle Alcorta Nº 482, Río Gallegos, Provincia de SANTA CRUZ, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social.

Que la mencionada entidad sindical obtuvo Inscripción Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución Nº 182 de fecha 3 de junio de 1987 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el Nº 1414.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Inscripción Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la modificación realizada al texto del Estatuto Social de la ASOCIACION DEL PERSONAL Y EMPLEADOS LEGISLATIVOS A.P.E.L., con domicilio en calle Alcorta Nº 482, Río Gallegos, Provincia de SANTA CRUZ, obrante a fojas 2/56 del Expediente Nº 120.310/14 agregado a fojas 6 del Expediente Nº 120.174/14 (fojas 66 del Expediente Nº 117.770/09), respecto al artículo 22, prevaleciendo de pleno derecho las disposiciones de la Ley 23.551 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, sobre las normas estatutarias en cuanto pudieren oponerse. El mencionado artículo pasará a formar parte del texto del Estatuto que fuera aprobado por Resolución Nº 1133 de fecha 19 de octubre de 1994 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTICULO 2° — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario, por lo que no implica innovar sobre los ámbitos territorial y personal que, con carácter de Inscripción Gremial, le fuera oportunamente otorgado a la entidad.

ARTICULO 3° — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Fecha de publicación 02/06/2014