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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decisión Administrativa 417/2014

Contrataciones en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Bs. As., 29/5/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0115772/2013 Cuerpos I, II y III del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y Nº 1 del 3 de enero de 2014, y la Resolución Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL solicita la excepción prevista en el último párrafo del artículo 9°, del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, a efectos de contratar a las personas que se detallan en el Anexo I adjunto a la presente.

Que el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado.

Que la creciente complejidad de las misiones y funciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Organismo, resultando necesario celebrar las contrataciones que se propician.

Que las personas involucradas en la presente medida resultan imprescindibles para la consecución de tales fines y misiones, reuniendo los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que la operatoria del citado Organismo requiere.

Que el artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 3/04 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado contratante al que corresponde equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203 —AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL—, de conformidad con la Ley Nº 26.895.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Exceptúanse a las personas incluidas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente, de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, equiparándolas por el período y al Nivel y Grado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, conforme el régimen previsto en el artículo 9° del Anexo a la Ley Nº 25.164, de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo I de la presente.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I
TIEMPO DETERMINADO: Desde las fechas que en cada caso se consignan hasta el 31 de diciembre de 2013.


APELLIDO
NOMBRESTDNIVELGRADOTIEMPO DETERMINADO DESDE:
AMALFITANOJORGE ADRIANDNI26.693.752C031 de julio de 2013
ACEVEDOLEANDRODNI30.427.338C01 de septiembre de 2013
BARRIENTOSDIEGO ORLANDODNI27.791.274C01 de septiembre de 2013
BUEZASMARIO GABRIELDNI18.121.600C01 de septiembre de 2013
HUIDOBROFRANCISCO JULIANDNI20.861.413C031 de julio de 2013
JOFREROLANDO GABRIELDNI23.844.164C01 de septiembre de 2013
LESCUREALEJANDRO AGUSTINDNI23.446.114C031 de julio de 2013
LESKIWALBERTO DEMETRIODNI25.551.266C030 de julio de 2013
MOLINASERGIO DARIODNI25.486.173C01 de septiembre de 2013
MUSSISRODRIGO DANIELDNI31.381.486C01 de septiembre de 2013
NEGRO OTEROEMILIANO JOSEDNI29.059.292C01 de septiembre de 2013
PACHECO FIGUEROARICARDO HERIBERTODNI32.393.901C031 de julio de 2013
PADULADAVID CARLOS ALBERTODNI27.200.881C01 de septiembre de 2013
PEREZDANIEL ALEJANDRODNI28.434.376C01 de septiembre de 2013
POLESZCZUKJAVIER OSCARDNI24.167.236C031 de julio de 2013
RAMOSCHRISTIAN HERNANDNI36.728.836C01 de septiembre de 2013
RODRÍGUEZLEONARDO ROBERTODNI29.627.439C029 de julio de 2013
SALGUEROHORACIO ALBERTODNI13.908.295C01 de septiembre de 2013
SALINASVICTOR MANUELDNI35.180.420C01 de septiembre de 2013
THEAHUGO ALBERTODNI22.480.694C01 de septiembre de 2013
TIMONINJUAN PABLODNI27.285.516C01 de septiembre de 2013
TURCOFERNANDO ARIELDNI24.768.839C030 de julio de 2013
ULLOAJULIO CESARDNI28.933.596C01 de septiembre de 2013
VAZQUEZFEDERICO LUISDNI29.193.457C031 de julio de 2013
VILANOVAIGNACIO FABIANDNI34.488.132C01 de septiembre de 2013
ZUCCAROMARIO ALEJANDRODNI24.439.902C01 de septiembre de 2013

Fecha de publicación 04/06/2014