Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO UNIDO DE REMISEROS DE CORRIENTES (S.U.R.C.), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 231/14.

ARTICULO 1.- A los veintiún días del mes de marzo del año 2011, se constituye el SINDICATO UNIDO DE REMISEROS DE CORRIENTES (S.U.R.C.) como entidad de primer grado, que agrupara a los trabajadores en relación de dependencia con empresas de remises. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio que comprende la Provincia de Corrientes siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en calle Vélez Sársfield Nº 306 de esta ciudad de Corrientes.
ARTICULO 2.- La Entidad tendrá los objetivos y fines que a continuación se detallan:
a) Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad.
b) Representar a los trabajadores de la actividad, a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva; de carácter gremial, laboral o social ante los organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza.
c) Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismo nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical.
d) Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general.
e) Propiciar y concretar convenios colectivos, proponer proyectos de legislación que determinen la mejora del sector tanto en las condiciones de trabajo como en las relaciones laborales en general.
f) Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores.
g) Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacio de estudio y capacitación para todos los trabajadores del sector.
h) Crear sitios de esparcimiento que promuevan y permitan el acceso de los afiliados a la recreación y las actividades sociales y deportivas.
ARTICULO 29.- El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por ocho (8) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
Secretario General
Secretario Adjunto
Secretario Gremial
Secretario Tesorero, de Finanzas y Administración
Secretario de Recursos Humanos
Secretario de Actas
2 Vocales Titulares
Habrá además dos (2) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos, en períodos siguientes cuantas veces lo requiera la masa societaria.
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

Fecha de publicación 12/06/2014