SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES DE ATENCION TELEFONICA (SUTAT), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 1534/13.
Artículo 1°: Con la denominación de SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES de ATENCION TELEFONICA (SUTAT), se constituye la Entidad Sindical de Primer Grado y de actividad, que con carácter permanente agrupará a todos los trabajadores que presten servicios bajo relación de dependencia en las empresas privadas del rubro de centros de contacto (call center). El ámbito de actuación de la Entidad comprende todo el territorio de la república Argentina La entidad tija su domicilio en Funes 1388, de la ciudad de Mar del Plata, de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 13°: El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por once (11) miembros titulares que desempeñan los siguientes cargos: 1) SECRETARIO GENERAL, 2) SECRETARIO ADJUNTO, 3) SECRETARIO GREMIAL, 4) SECRETARIO DE ORGANIZACION, 5) SECRETARIO DE ACCION SOCIAL Y DEPORTES, 6) SECRETARIO DE ACTAS, 7) SECRETARIO DE FINANZAS, 8) SECRETARIO DE PRENSAS Y DIFUSION, 9) SECRETARIO DE LA MUJER, 10) Vocal Titular I°, 11) Vocal Titular 2°.
A su vez la Comisión Directiva contara con cinco vocales suplentes los que solamente pasaran a formar parte del cuerpo en caso de ausencia, renuncia, fallecimiento, o cualquier impedimento de un miembro titular.
Artículo 14°: El mandato de la Comisión Directiva durara cuatro (4) años, pudiendo sus miembros ser reelectos.
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.
Fecha de publicación 12/06/2014