ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE SANTIAGO DEL ESTERO
La Banda, 5/6/2014
Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que en cuadro anexo se detallan, para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los sumarios contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada, por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el Radio urbano de la Aduana de Santiago Del Estero (Art. 1001 C.A.), sito en Calle Los Telares esquina Obispo Victoria, Parque Industrial La Isla, La Banda (CP 4300), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005 y 1013 inc. G) del citado cuerpo legal, la acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Arts. 930/932 C.A.). Quedan Uds. debidamente NOTIFICADOS.
e. 13/06/2014 Nº 40851/14 v. 13/06/2014
Fecha de publicación 13/06/2014