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12 de Enero de 2001

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decisión Administrativa 453/2014

Dase por autorizada contratación en la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.

Bs. As., 11/6/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0000652/2013 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Resolución Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación mencionada en el Visto la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, solicita la excepción prevista en el artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, a efectos de contratar al Sr. Juan Manuel LASSO (D.N.I. Nº 29.320.022).

Que el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.

Que la creciente complejidad de las misiones y funciones de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Organismo, resultando necesario celebrar la contratación que se propicia.

Que la persona involucrada en esta medida resulta imprescindible para la consecución de tales fines y misiones, reuniendo los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que la operatoria del Sistema Identificatorio Nacional vigente requiere.

Que el artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 3/04 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente de la jurisdicción u organismo descentralizado contratante al que corresponde equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar.

Que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Jurisdicción 30, a fin de atender el gasto resultante de la contratación propuesta.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Dase por autorizada a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a efectos de contratar por el período comprendido entre el 3 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2013; al Sr. Juan Manuel LASSO (D.N.I. Nº 29.320.022), con carácter de excepción al Punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C - Grado 1, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

Fecha de publicación 17/06/2014