PRESIDENCIA DE LA NACION
Decisión Administrativa 499/2014
Dase por autorizada contratación en la Secretaría Legal y Técnica.
Bs. As., 24/6/2014
VISTO el Expediente Nº 773-2014 del registro de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION solicita la excepción prevista en el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, a efectos de contratar al señor Hugo Ezequiel LA BANCA (D.N.I. Nº 28.861.858).
Que el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a autorizar excepciones a la equiparación escalafonaria que corresponda según los requisitos mínimos establecidos para cada nivel, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.
Que el agente involucrado se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo de la ley citada en el VISTO.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel y grado propuestos.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que el artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias, establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de la Planta Permanente de la jurisdicción u organismo descentralizado contratante al que corresponda equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por autorizada a la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION para contratar al señor Hugo Ezequiel LA BANCA (D.N.I. Nº 28.861.858), con carácter de excepción a lo establecido en el punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el Nivel C – Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, en la función de Responsable Administrativo y por el período comprendido entre el 05/05/14 y el 30/06/14, conforme el régimen previsto en el artículo 9° del Anexo de la ley citada.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.
Fecha de publicación 03/07/2014