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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACION

Decisión Administrativa 494/2014

Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa.

Bs. As., 24/6/2014

VISTO el Expediente Nº 291/13 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, el Contrato de Préstamo Nº 2424/OC-AR suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2.345 de fecha 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 270 del 3 de marzo de 2011 y la Resolución Nº 436 de fecha 29 de marzo de 2012 del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° del Decreto Nº 270/11 aprobó el modelo de Contrato de Préstamo mediante el cual el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA. PROMEDU II.

Que dicho instrumento designa a la DIRECCION GENERAL UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION y a la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS como Organismos Ejecutores del PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA quedando facultados para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mismo, conforme las normas y procedimientos contenidos en el referido modelo de Contrato.

Que el Programa al que se destinan los recursos tiene como objetivo general apoyar a la estrategia educativa de la REPUBLICA ARGENTINA mediante el financiamiento de actividades que contribuyan con la política de equidad educativa en los niveles inicial, primario y secundario; mejorar la retención y graduación en el nivel secundario y la expansión y el mejoramiento de la infraestructura educativa.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 491/02 se estableció que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02 determina que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000) y de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.

Que el MINISTERIO DE EDUCACION ha elevado la propuesta de contrato de UNA (1) consultora cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada jurisdicción con el fin de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas, siendo que reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican en el caso.

Que la consultora cuyo contrato se tramita por la presente medida ha prestado servicios en dicha Jurisdicción en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2424/OC-AR, PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA. PROMEDU II, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 436/12 del MINISTERIO DE EDUCACION, por lo que no se hace necesario cumplimentar los recaudos previstos en el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.

Que a la referida contratación se le aplica solamente la escala retributiva obrante en los Anexos I y II del Decreto Nº 1.318/11 al período de contratación comprendido entre el 1° de enero y el 30 de abril de 2013 y del Decreto Nº 485/13 al período de contratación comprendido entre el 1° de mayo y el 31 de diciembre del mismo año, de acuerdo a lo tipificado en el artículo 5° del Decreto Nº 2.345/08 y los artículos 11, 12 y 13 del Anexo I de la misma norma (y en concordancia, los artículos 3° al 7° de la Resolución Nº 37 del 1° de septiembre de 2009 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA), no estando alcanzada por el propio régimen previsto en el Anexo I del Decreto Nº 2.345/08.

Que el Párrafo 78 del Acápite C - Punto 3, del Apartado III del Reglamento Operativo del citado Contrato de Préstamo (EJECUCION DEL PROGRAMA) expresa que los contratos de consultoría individual serán revisados ex post por parte del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será atendida íntegramente con cargo al “PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA. PROMEDU II - Préstamo Nº 2424/OC-AR”, de acuerdo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su respectiva competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes de los artículos 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Danse por aprobados el contrato y su respectiva enmienda de la agente del MINISTERIO DE EDUCACION que se detalla en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida y cuyos datos, período y montos a abonar se consignan en el mismo.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo al “PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA. PROMEDU II - Préstamo Nº 2424/OC-AR”, de acuerdo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION, según se indica en el ANEXO II que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Alberto E. Sileoni.

ANEXO I
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA


Unidad Ejecutora Central
APELLIDO
Y NOMBRE
C.U.I.T.TIPO DE CONTRATOPERIODOCATEGORIA DECRETO
Nº 2345/08
MONTO MENSUALMONTO TOTAL
D’ALOTTO, Rosalva Teresa23-11643240-4Locación
de Servicios
01/01/13
AL 31/12/13
Responsable de Proyecto II$ 14.700,00176.400,00
D’ALOTTO, Rosalva Teresa23-11643240-4Locación
de Servicios
01/05/13
AL 31/12/13
Responsable de Proyecto II$ 3.087,0024.696,00
TOTAL201.096,00

ANEXO II
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA
IMPUTACION PRESUPUESTARIA


Pg
ActIPPPpMonFFIMPORTE TOTAL CONTRATOS
4413187122$ 201.096,00
$ 201.096,00


Pg 44: Programa 44: Mejoramiento de la Calidad Educativa
Act 13: Actividad 13: Acciones de Apoyo a la Gestión Institucional BID 2424/OC-AR PROMEDU II
I 1: Inciso 1: Gastos en Personal
PP 8: Partida Principal 8: Personal Contratado
Pp 7: Partida parcial 7: Contratos Especiales
Mon 1: Moneda 1: Transacción en Moneda Nacional
FF 22: Fuente de Financiamiento 22: Crédito Externo.

Fecha de publicación 03/07/2014