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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Secretaría General ADHESIONES OFICIALES

Resolución 787/2014

Declárase de Interés Nacional el “XVII Conferencia Nacional de Abogados”.

Bs. As., 7/7/2014

VISTO el Expediente Actuación PN-N°176187-14-2 del registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por la cual tramita la solicitud de la FEDERACION DE COLEGIOS DE ABOGADOS para declarar de Interés Nacional el “XVII CONFERENCIA NACIONAL DE ABOGADOS”, y

CONSIDERANDO:

Que el evento versará sobre Tecnología, Justicia y Derecho y en homenaje en esta oportunidad, al Doctor Atilio Anibal Alterini.

Que la FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIO DE ABOGADOS congrega a los Colegios de Abogados de todo el territorio nacional, desarrollando el encuentro desde 1924, y convoca a los profesionales del derecho a debatir sobre diversos temas vinculados con la abogacía.

Que dicho evento de carácter académico, científico y profesional constituye el medio más adecuado para fortalecer y desafiar el futuro, mediante la actualización y formación de los profesionales de la especialidad.

Que contará con la presencia de invitados de reconocida trayectoria nacional y regional, estimándose una masiva participación de profesionales, quienes debatirán sobre acceso democrático a la Justicia Derechos Humanos y Sociales; Federalismo Democracia e Integración entre otros.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION tomó la debida intervención.

Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión deviene meritorio la declaración de interés nacional impulsada.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1° — Declarar de interés nacional el “XVII CONFERENCIA NACIONAL DE ABOGADOS”, que se llevará a cabo del 13 al 15 de agosto de 2014, en la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones.

Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.

Fecha de publicación 14/07/2014