MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 1056/2014
Dase por prorrogada designación del Director de Campañas Electorales.
Bs. As., 7/7/2014
VISTO el Expediente Nº S02:0125088/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y Nº 2747 del 28 de diciembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº 2747/12 se ha designado transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Cdor. D. Matías GALPARSORO en el cargo de DIRECTOR DE CAMPAÑAS ELECTORALES (Nivel B, Grado 0, F.E. III) de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS Y ELECTORALES, dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, habiendo operado su vencimiento el 25 de septiembre de 2013.
Que resulta necesario prorrogar la mencionada designación transitoria por el período comprendido entre el 25 de septiembre de 2013 y el 1° de noviembre de 2013.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 25 de septiembre de 2013 y hasta el 1° de noviembre de 2013, la designación transitoria del Cdor. D. Matías GALPARSORO (D.N.I. Nº 28.052.964) en el cargo de DIRECTOR DE CAMPAÑAS ELECTORALES (Nivel B, Grado 0, F.E. III) de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS Y ELECTORALES, dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, oportunamente dispuesta por Decreto Nº 2747/12, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II Capítulo III del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.
Fecha de publicación 15/07/2014