MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº 38.488 DEL 21 JUL. /2014
EXPEDIENTE N° 62.658. SITUACION FINANCIERA PROFUTURO COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO SOCIEDAD ANONIMA. SINTESIS:
VISTO… Y CONSIDERANDO…
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prohibir a PROFUTURO COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO SOCIEDAD ANONIMA celebrar nuevos contratos de seguro en todas las ramas en que opera.
ARTICULO 2° — Prohibir a PROFUTURO COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO SOCIEDAD ANONIMA realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su INHIBICION GENERAL DE BIENES, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón.
ARTICULO 3° — A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1°, la Gerencia de Inspección procederá a sellar e inicialar los Registros de Emisión de la entidad, con mención de la presente Resolución.
ARTICULO 4° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas ordenadas en los Artículos 1° y 2°.
ARTICULO 5° — Se deja constancia de que la presente Resolución es recurrible en los términos de los Artículos 83 y 86 de la Ley N° 20.091 al sólo efecto devolutivo.
ARTICULO 6° — Regístrese, notifíquese por la Gerencia de Inspección con vista de todo lo actuado, y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
e. 24/07/2014 N° 52649/14 v. 24/07/2014
Fecha de publicación 24/07/2014