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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA

Resolución Nº 670/2014

Bs. As., 24/7/2014

VISTO las actuaciones CUDAP: EXP-JGM: 0041697/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nº 2219 del 13 de julio de 1971, Nº 2507 del 6° de diciembre de 2002, Nº 984 del 28 de julio de 2009, Nº 1145 del 1° de septiembre de 2009, Nº 14 del 12 de enero de 2011 y Nº 22 del 10 de diciembre de 2011, la Decisión Administrativa Nº 617 del 2° de septiembre de 2010, la Resolución de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA Nº 2 del 15 de abril de 2013; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 984/09 y sus modificatorios se establecieron los criterios para la realización y contratación de las campañas institucionales de publicidad y de comunicación, así como el correspondiente servicio publicitario creativo, arte y producción gráfica y audiovisual que realice la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, el Banco de la Nación Argentina y sus empresas vinculadas, y los demás organismos comprendidos en el artículo 8° de la Ley Nº 24.156, cualquiera fuera su fuente de financiamiento.

Que conforme surge del citado decreto los organismos o entidades referidos deben encomendar la realización de las campañas institucionales de publicidad y de comunicación a la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, quien las efectiviza a través de la Agencia TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que por otra parte, a través del Decreto Nº 1145/09 se facultó a la ex SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, actual SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA, para que acuerde con los titulares de medios de comunicación, la cancelación de sus deudas fiscales y previsionales correspondientes a obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2008, incluidos sus intereses resarcitorios y punitorios, mediante la dación en pago de espacios publicitarios en la programación de las emisoras o en sus publicaciones.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA Nº 2/13, se aprobó el “Procedimiento para el Trámite de Contrataciones de Publicidad Institucional”, conforme sus Anexos I y II.

Que, según lo prevé el artículo 12 del Anexo I de la mentada Resolución, la Agencia TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, debe mediante la emisión de las pertinentes Ordenes de Publicidad, implementar la contratación de bienes y servicios necesarios para la difusión de las campañas institucionales de publicidad.

Que, asimismo, el artículo 13 del citado Anexo establece que la facturación que los prestadores o proveedores efectúen por los trabajos realizados o servicios prestados, deberá ser emitida a nombre de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS o de la Agencia TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que a través del Instructivo de Trabajo, que como Anexo se acompaña a la presente, se establecen los parámetros necesarios para el Pago de Campañas Institucionales de Publicidad y de Comunicación en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en procura de normativizar los procedimientos de pago mencionados, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución SCP Nº 2/2013, y atendiendo como antecedentes a lo establecido por los Decretos Nº 2219/71, Nº 984/09 y Nº 1145/09, según surge del cuerpo del mentado documento.

Que la DELEGACION LEGAL de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA ha efectuado la intervención establecida en el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control aprobado por Decreto Nº 1344/07.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 22/11.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE COMUNICACION PUBLICA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Instructivo de Trabajo, relativo al Circuito de Pagos de Campañas Institucionales de Publicidad y de Comunicación en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALFREDO EDGARDO SCOCCIMARRO, Secretario de Comunicación Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros.

Anexo A


Razón Social: Razón Social
CUIT: xx- xxxxxxx-x
Factura: FB 000-0000000
Orden de publicidad: 000000/00
Importe en pesos: $ xxxxxx.xx


Se deja constancia que se ha efectuado la verificación dispuesta en el artículo 15 del Anexo I de la Resolución SCP Nº 2/2013, en virtud de las facultades establecidas por el Decreto Nº 22/2011 y su normativa reglamentaria, por lo cual se remiten las presentes actuaciones en prosecución de su trámite.
Habiéndose efectuado la verificación exigida por la Decisión Administrativa Nº 617/2010 y la Resolución SCP Nº 38/11, de conformidad con la previa intervención de la Coordinación Unidad de Gestión Decreto Nº 1145/09, prosígase con el trámite de estilo en los términos de la Resolución SCP Nº 2/2013.
Sirva la presente de nota de envío.

Anexo B1


Razón Social: Razón Social
CUIT: xx- xxxxxxxx-x
Factura: FB 0000-00000000
Orden de publicidad: 00000/00/00
Importe en pesos: $ 000000.00


Se deja constancia que el organismo originario del gasto se encuentra incluido en el inciso b) del artículo 3° del Anexo I de la Resolución SCP Nº 2/13, habiéndose efectuado la verificación dispuesta en el Art. 15 del Anexo I de la Resolución SCP Nº 2/13, en virtud de las facultades establecidas por el Decreto Nº 22/2011, se remiten las presentes actuaciones en prosecución de su trámite.
Realizada la verificación exigida por la Decisión Administrativa Nº 617/2010 y la Resolución SCP Nº 38/11, de conformidad con la previa intervención de la Coordinación Unidad de Gestión Decreto Nº 1145/09, prosígase con el trámite de estilo en los términos de la Resolución SCP Nº 2/2013.
Sirva la presente de nota de envío.

Anexo B2


Razón Social: Razón Social
CUIT: xx- xxxxxxxx-x
Factura: FB 0000-00000000
Orden de publicidad: 00000/00/0
Importe en pesos: $ 00000.00


Se deja constancia que el organismo originario del gasto se encuentra incluido en el inciso b) del artículo 3° del Anexo I de la Resolución SCP Nº 2/13, habiéndose efectuado la verificación dispuesta en el artículo 15 del Anexo I de la Resolución SCP Nº 2/13, en virtud de las facultades establecidas por el Decreto Nº 22/2011, se remiten las presentes actuaciones en prosecución de su trámite.
Realizada la verificación exigida por la Decisión Administrativa Nº 617/2010 y la Resolución SCP Nº 38/11, de conformidad con la previa intervención de la Coordinación Unidad de Gestión Decreto Nº 1145/09, prosígase con el trámite de estilo en los términos de la Resolución SCP Nº 2/2013.
Sirva la presente de nota de envío.

Anexo B3


Razón Social: Razón Social
CUIT: x
Factura: FB 0000-00000000
Orden de publicidad: 00000/00/00
Importe en pesos: $ xxx.xx


Sirva la presente de atenta nota de envío.

ANEXO B4

ANEXO


EXPTE. N°
FACTURA N°PROVEEDORORDEN DE PUBLICIDADMONTO

ANEXO D1

ANEXO


EXPTE. N°
FACTURA N°PROVEEDORORDEN DE PUBLICIDADMONTO

ANEXO D2

ANEXO


EXPTE. N°
FACTURA N°FACTURA TELAMPROVEEDORORDEN DE PUBLICIDADMONTO

ANEXO D3

e. 01/08/2014 Nº 54542/14 v. 01/08/2014

Fecha de publicación 01/08/2014