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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO EXTERIOR

Decreto 1441/2014

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Haití.

Bs. As., 28/8/2014

VISTO el Expediente Nº 27.788/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, la Resolución Nº 146 de fecha 1° de abril de 2011 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución mencionada en el Visto se dispuso el traslado del señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Alejandro Guillermo DEIMUNDO ESCOBAL desde el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República ante el REINO DE TAILANDIA.

Que por el expediente citado en el Visto se tramita la designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA DE HAITÍ del señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Alejandro Guillermo DEIMUNDO ESCOBAL.

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, los funcionarios de las categorías “B” y “C” del Servicio Exterior de la Nación pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Que oportunamente el Gobierno de la REPUBLICA DE HAITÍ concedió el plácet de estilo al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Alejandro Guillermo DEIMUNDO ESCOBAL, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Trasládase desde la Embajada de la República ante el REINO DE TAILANDIA, a la Embajada de la República en la REPUBLICA DE HAITÍ al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Alejandro Guillermo DEIMUNDO ESCOBAL (D.N.I. Nº 11.959.870).

Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA DE HAITÍ al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Alejandro Guillermo DEIMUNDO ESCOBAL (D.N.I. Nº 11.959.870).

Art. 3° — Acredítase al funcionario mencionado en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de conformidad con el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.

Art. 4° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

Fecha de publicación 03/09/2014