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Secretaría General ADHESIONES OFICIALES

Resolución 1002/2014

Decláranse de Interés Nacional los eventos “I Congreso de Derecho del Trabajo”, “III Congreso de Seguridad Social” y “XII Congreso de Derechos de Daños”.

Bs. As., 26/8/2014

VISTO la Actuación Nº 178386-14-2 del registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por la cual tramita la solicitud de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES para declarar de Interés Nacional los eventos “I CONGRESO DE DERECHO DEL TRABAJO”, “III CONGRESO DE SEGURIDAD SOCIAL” y “XII CONGRESO DE DERECHO DE DAÑOS”, y

CONSIDERANDO:

Que los eventos en cuestión se llevarán a cabo en forma simultánea, versando sobre “Desafíos actuales del Derecho del Trabajo” y sobre “Seguridad Social a veinte años del régimen previsional actual Ley 24241”.

Que la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES congrega a los abogados de la ciudad de Buenos Aires, desarrollando encuentros desde 1934, y convoca a los profesionales del derecho a debatir sobre diversos temas en defensa del estado de derecho.

Que dicho evento de carácter académico, institucional y profesional constituye el medio más adecuado para fortalecer y desafiar el futuro, mediante la actualización y formación de los profesionales de la especialidad.

Que contará con la presencia de invitados de reconocida trayectoria nacional y regional, estimándose una masiva participación de profesionales, quienes debatirán sobre los temas a tratar.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS tomó la debida intervención.

Que por su trascendencia e importancia, los eventos en cuestión hacen meritoria la declaración de interés nacional impulsada.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1° — Declarar de Interés Nacional los eventos “I CONGRESO DE DERECHO DEL TRABAJO”, “III CONGRESO DE SEGURIDAD SOCIAL” y “XII CONGRESO DE DERECHOS DE DAÑOS”, que se llevarán a cabo durante los días 27, 28 y 29 de agosto de 2014, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.

Fecha de publicación 03/09/2014