Secretaría General ADHESIONES OFICIALES
Resolución 1006/2014
Declárase de Interés Nacional el “XII Congreso Internacional de Innovación Tecnológica Informática - CIITI 2014”.
Bs. As., 27/8/2014
VISTO la Actuación Nº 180623-14-2 del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION por la cual tramita la solicitud de la UNIVERSIDAD ABIERTA INTERAMERICANA, VICERECTORADO DE GESTION Y EVALUACION, para declarar de Interés Nacional el “XII CONGRESO INTERNACIONAL de INNOVACION TECNOLOGICA INFORMATICA - CIITI 2014”, y
CONSIDERANDO:
Que la UNIVERSIDAD ABIERTA INTERAMERICANA es una institución universitaria privada, persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro, con personería jurídica vigente, de larga y vasta trayectoria en la educación superior del país, que organiza diversos eventos académicos, en esta oportunidad como en años anteriores el CIITI, vinculado a las nuevas maneras de abordar los temas de tecnologías informáticas.
Que el propósito del evento es difundir, promocionar y reflexionar sobre la importancia de la innovación tecnológica informática como factor de competitividad para una sociedad moderna e inclusiva.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la intervención correspondiente, prestando su conformidad.
Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión es meritorio de la declaración de interés nacional propiciada.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Declarar de Interés Nacional el “XII CONGRESO INTERNACIONAL de INNOVACION TECNOLOGICA INFORMATICA - CIITI 2014”, que se realizará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 2 de octubre de 2014 y en la Ciudad de Rosario, el día 6 de noviembre de 2014.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 03/09/2014