ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE PUERTO DESEADO
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1° de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2°, 3°, 4° y 5° de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en: División Aduana Puerto Deseado, sito en Ameghino y Brown, Puerto Deseado, Santa Cruz, Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 hs.
Contenedores Cuatro (4) MWCU700761-4, MSWU100455-8, MWCU655100-6 y DAYU670059-2, Mercadería CARTON, arribada a este Puerto el día 24 de Mayo de 2012 en el B/M HS LISZT, por medio del Manifiesto de Importación 12019MANI000031K, ingresada a Plazoleta Fiscal UN.E.PO.S.C.
CLAUDIO SERGIO RECAREY, Administrador (I), Aduana de Puerto Deseado.
e. 05/09/2014 Nº 65230/14 v. 05/09/2014
Fecha de publicación 05/09/2014